CEPBA celebró importante fallo de la justicia sobre cobro de servicio públicos
12-03-2025
21-02-2025 | Mantiene prohibición de incluir cargos ajenos al servicio
CEPBA celebr贸 importante fallo de la justicia sobre cobro de servicio p煤blicos
Es por fallo del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Mart铆n que mantiene la prohibici贸n de incluir cargos ajenos al servicio contratado en las facturas de servicios p煤blicos rechazando los amparos que siete municipios de la provincia de Buenos Aires.
El presidente de la Confederaci贸n Econ贸mica de la Provincia (CEPBA), Guillermo Siro resalt贸 la reciente decisi贸n de la justicia federal de excluir definitivamente de las boletas de servicios p煤blicos a las tasas de servicios municipales, porque 鈥渘ada tiene que ver una cosa con otra y s贸lo debe pagarse por el consumo neto de gas y de electricidad鈥.

Siro sostuvo que 鈥渆n cierta forma nuestros reclamos han sido escuchados, como el realizado ante el OCEBA y podemos decir que hay un verdadero logro de CEPBA en todo esto, sobre todo porque el a帽o pasado exig铆amos que hab铆a que suprimir de las boletas de servicios p煤blicos a rubros que iban desde el pago de barrido y limpieza o la cuota del sepelio para una cooperativa鈥 agregando que 鈥渉ab铆amos llegado al l铆mite del rid铆culo cuando amenazaban a los usuarios con el corte del servicio si no se pagaban esos rubros que nada ten铆an que ver鈥.

El dirigente empresario se refiri贸, de esta manera, al fallo del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Mart铆n, rechazando los amparos que siete municipios de la provincia de Buenos Aires hab铆an presentado contra la Resoluci贸n 267/2024 de la Secretar铆a de Industria y Comercio del Ministerio de Econom铆a de la Naci贸n que prohib铆a incluir cargos ajenos al servicio contratado en las facturas de servicios p煤blicos.

Ante los amparos presentados por los municipios bonaerenses de Tigre, Hurlingham, Moreno, General Rodr铆guez, Jos茅 C. Paz, Ituzaing贸 y San Mart铆n, la Justicia defini贸 que no hubo violaci贸n a la Constituci贸n Nacional y ni avasallamiento de las autonom铆as provinciales. 

Asimismo, en el fallo del Juzgado se destac贸 el valor del sistema protectorado de los consumidores que reconoce la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

La Justicia les otorg贸 a los municipios 90 d铆as para redefinir los mecanismos m谩s apropiados y que consideren id贸neos para cobrar las tasas municipales en forma separada de los servicios p煤blicos contratados por el usuario.

La resoluci贸n judicial dej贸 expresamente reconocida la validez y legalidad de las normas del ENARGAS y el ENRE, y de la Resoluci贸n 267/24 de la Secretar铆a de Industria y Comercio en la que se se帽ala que la informaci贸n relacionada a los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios deben referirse en forma 煤nica y exclusiva al bien o servicio contratado espec铆ficamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio.