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12-08-2024 | INMUEBLES URBANOS Y RURALES | |||
Se elimin贸 la obligaci贸n de registrar los contratos de alquiler | |||
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La Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP) elimin贸 la obligaci贸n de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales. De esta manera, el organismo contin煤a con su proceso permanente para reducir la carga administrativa y burocr谩tica de los contribuyentes y responsables.
La Resoluci贸n General N掳 5545/2024 suprimi贸 el requisito de informar todas las operaciones concertadas entre locadores y locatarios ante el 鈥R茅gimen de registraci贸n de contratos de locaci贸n de inmuebles (RELI)鈥, en virtud del Decreto de Necesidad y Urgencia N掳 70/2023, que derog贸 la ley N潞 27.551 de Alquileres.
Al mismo tiempo, la nueva resoluci贸n de AFIP establece que los contribuyentes que quieran gozar de los beneficios fiscales en el R茅gimen Simplificado para Peque帽os Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Cr茅ditos y D茅bitos en cuentas bancarias y otras operatorias, sobre los Bienes Personales y a las Ganancias -contemplados en la ley 27.737- deber谩n declarar sus contratos de alquiler en el servicio 鈥淩egistro de Locaciones de Inmuebles - RELI鈥 de la web del organismo con clave fiscal, antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 d铆as corridos posteriores a su celebraci贸n, seg煤n el caso. Quienes ya tengan registrados sus contratos no deber谩n volver a hacerlo, excepto que haya modificaciones o actualizaciones.
En l铆nea con esta medida y con el objetivo de disminuir la carga administrativa de los contribuyentes, por medio de la Resoluci贸n General N掳 5547/2024, con relaci贸n al impuesto a las ganancias, se dispuso la eliminaci贸n de la obligaci贸n por parte del empleado en relaci贸n de dependencia de adjuntar -en el servicio SiRADIG- una copia del contrato de alquiler del inmueble con destino a casa habitaci贸n. Este requisito resultaba necesario para tener acceso a las deducciones del 40% y del 10%, respectivamente, de las sumas pagadas por este alquiler.
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