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17-07-2024 | QUILMES | |||
El Colegio de Martilleros de Quilmes advierte sobre "mala praxis" en la confecci贸n de contratos de locaci贸n | |||
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El Colegio de Martilleros y Corredores P煤blicos del Departamento Judicial Quilmes (CMYCPQ) informa y advierte a la poblaci贸n sobre 鈥渓a aplicaci贸n err贸nea de dos tipos de ajuste que se instrumentan en un mismo contrato de locaci贸n, generalmente de viviendas, lo que califica como 鈥榤ala praxis鈥 y se encuentra re帽ida con el debido ejercicio de la profesi贸n鈥.
Desde el Colegio profesional de Quilmes que preside Alfredo Lavalle, advierten que a ra铆z de la entrada en vigencia (1-01-2024) del DNU 70/2023, donde se desregula, en particular en materia de locaciones de vivienda, entre otros 铆tems, la duraci贸n del contrato; la periodicidad del ajuste; y el 铆ndice o metodolog铆a a aplicar en la actualizaci贸n del valor locativo inicialmente pactado; comenzaron a aparecer contratos con pr谩cticas err贸neas鈥.
En ese sentido advierten que 鈥渘o es nada adecuado que, en un contrato, en forma simult谩nea, se aplique o convivan al mismo tiempo dos tipos de ajuste o metodolog铆as que persigan la misma finalidad que es la actualizaci贸n鈥.
鈥Esta antojadiza forma de instrumentar la actualizaci贸n de alquileres, estableciendo dos m茅todos a la vez, para un mismo per铆odo de reajuste, tiene por intencionalidad el acrecentamiento del valor total del contrato, y por ende los honorarios perseguidos por el profesional actuante. La buena pr谩ctica del Ejercicio Profesional indica que CORRESPONDE la adopci贸n en cada contrato de un 煤nico m茅todo de actualizaci贸n y, en caso de optar por m谩s de un sistema, no pueden 茅stos ser de aplicaci贸n simult谩nea o para un mismo per铆odo鈥; indicaron desde la instituci贸n que nuclea a todos los profesionales habilitados para el ejercicio de la profesi贸n inmobiliaria en los distritos de Quilmes, Berazategui y Florencio Varela.
鈥淯n ejemplo de ello es cuando en un mismo contrato se establece la actualizaci贸n del valor de alquiles, utilizando por caso, alguno de los 铆ndices mencionados (IPC; ICL; otro) y a la vez predeterminar el valor de alquiler para cada uno de los meses (hasta la finalizaci贸n de contrato), aplicando para este 煤ltimo m茅todo, una 鈥榚stimaci贸n en base a proyectar la inflaci贸n futura鈥. As铆, en cada per铆odo de actualizaci贸n (sea trimestral, cuatrimestral, etc.), se elige el mayor valor de alquiler que arroj贸 una u otra metodolog铆a鈥.
鈥淣O AVALAMOS de ninguna manera esta pr谩ctica que nada tiene que ver con el desempe帽o del buen profesional, sustentado prioritariamente sobre valores 茅ticos y el principio de la Buena Fe鈥, afirman desde la instituci贸n.
En por ello que desde el Colegio liderado por Alfredo Lavalle aclaran que 鈥渓os Honorarios Profesionales que corresponden, conforme al arancelamiento legal (Ley 10.973, art. 53), el monto m谩ximo a aplicar es del 4% sobre el total del contrato鈥.
鈥淧ara calcular el denominado 鈥楾otal de Contrato鈥 se puede establecer de la siguiente manera:
a) Para los contratos que se ajustan por aplicaci贸n de un 铆ndice determinado (ejemplo IPC; ICL; otros), se calcula multiplicando el valor del primer mes de alquiler por la cantidad de meses que representa la vigencia del contrato (generalmente 24). Sobre el resultado obtenido a ra铆z de este producto, se aplica el 4%.
b) Para los contratos en que se determina inicialmente el valor del alquiler, desde el primer al 煤ltimo mes de duraci贸n del contrato; el total del contrato esta dado por la sumatoria de cada uno de los valores de alquiler, de todos los meses que componen a ese contrato y, sobre el total resultante, se aplica el 4%".
鈥淓n definitiva, la pr谩ctica mencionada se encuentra totalmente re帽ida con el debido ejercicio de profesi贸n y la definimos como 鈥楳ala Praxis鈥; y es motivo de acciones por parte del sector de Fiscalizaci贸n, primero; y luego del Tribunal de Disciplina de este Colegio. Ante cualquier duda, dir铆jase a nuestro Colegio Profesional o p贸ngase en contacto a trav茅s de nuestro sitio de Internet www.colegiodemartillerosquilmes.com.ar鈥.
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