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| 03-11-2023 | Por 606 votos | |||
| La Plata: Se oficializ贸 el triunfo de Alak sobre Garro como intendente de la Ciudad Capital de los bonaerenses | |||
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La Junta Electoral Nacional de la provincia de Buenos Aires anunci贸 esta madrugada que el ministro de Justicia bonaerense Julio Alak (Uni贸n por la Patria) triunf贸 en las elecciones para intendente de la ciudad de La Plata y rechaz贸 la solicitud del actual jefe comunal Julio Garro (Juntos por el Cambio) para que se abran la totalidad de las urnas.
De este modo, Alak -que ya fue jefe comunal de la capital bonaerense en cuatro per铆odos, adem谩s de ministro de Justicia nacional y presidente de Aerol铆neas Argentinas- ser谩 desde el 10 de diciembre el nuevo intendente de La Plata al haberse impuesto por 606 votos sobre Garro
En la suma de sufragios de votos de nativos y extranjeros Alak sum贸 166.479 y Garro 165.873, siendo la diferencia en favor de UxP de 606.
En una resoluci贸n firmada por los jueces Roberto Lemos Arias, Sergio Torres y Alejo Ramos Padilla, a la que tuvo acceso T茅lam, se defini贸 que pese al recuento de 79 urnas efectuado ayer, no se modific贸 el resultado.
La apertura de urnas se llev贸 a cabo entre las 8 de la ma帽ana de ayer y las 17, en el edificio del el Juzgado Federal Electoral N掳1 ubicado en 8 y 50 en presencia de los funcionarios judiciales que integran la Junta Electoral y apoderados de ambos partidos.
Por la tarde, y tras conocerse que Garro hab铆a descontado unos 300 votos a Alak, el actual intendente pidi贸 reabrir las 1.574 urnas de la ciudad y revisar cada voto platense.
Respecto de ese pedido, en la resoluci贸n se argument贸 que el plazo para solicitarlo hab铆a vencido a las 18 del pasado martes 31 de octubre.
A la vez, los magistrados plantearon que "de los resultados obtenidos luego del proceso de recuento, no se produjo ninguna modificaci贸n jur铆dicamente relevante para la categor铆a a intendente" respecto de los n煤meros que se hab铆an expresado durante el escrutinio provisorio.
Aclararon los funcionarios judiciales que si bien durante el transcurso del escrutinio, se encontraron dos urnas en cuyo interior no exist铆an boletas de ning煤n partido, s铆 se hallaban las actas, que estaban debidamente firmadas por las autoridades de mesa y por todos los fiscales partidarios, "sin ning煤n tipo de observaci贸n, enmienda, ni tachadura".
"Al confrontar esas actas, las mismas coincid铆an con los originales que se hab铆an llevado las distintas fuerzas pol铆ticas el d铆a de la elecci贸n", se puntualiz贸 y se indic贸 que por ello se rechaz贸 el pedido de Juntos de declarar la nulidad de esas dos urnas.
"La C谩mara Nacional Electoral, desde hace m谩s de 30 a帽os, ha construido una jurisprudencia mediante la cual interpreta que si existen las actas, aun con el faltante de boletas, la urna es v谩lida", subrayaron los jueces.
Sostuvieron que "si se declarara la nulidad de dichas urnas, se estar铆a frustrando la voluntad del resto de los electores de esa mesa que ese d铆a expresaron su preferencia pol铆tica".
Con todo, se aclar贸 que si la Junta hubiera hecho lugar al pedido de nulidad, tampoco hubiera modificado el resultado de la elecci贸n y rechaz贸 la solicitud de Garro de abrir la totalidad delas urnas no s贸lo por extempor谩neo sino porque ello "desnaturaliza completamente el procedimiento electoral y pone en tela de juicio la transparencia de los procesos electorales; extendiendo indefinidamente la finalizaci贸n del escrutinio definitivo".
La Junta Electoral remarc贸 su responsabilidad "de garantizar la legitimidad y la expresi贸n de la voluntad popular" y dej贸 de manifiesto que "cuando se da un escenario de tanta paridad como 茅ste -la elecci贸n m谩s re帽ida desde el regreso de la democracia-, cualquier tipo de inconsistencia generar谩 un elemento de sospecha".
"La fortaleza del sistema se pone a prueba en circunstancias como 茅sta. El proceso electoral no solo decide qui茅n es el ganador, sino que le da legitimidad al gobernante. Es importante que todos los actores del proceso muestren confianza en 茅l para llevar tranquilidad a toda la ciudadan铆a", se indic贸.
Tras conocerse esa decisi贸n, Garro anunci贸 que apelar谩 la resoluci贸n ante la C谩mara Nacional Electoral, que deber谩 definir si hace lugar al planteo y lo analiza, o si directamente lo desestima y convalida el fallo de la Junta bonaerense. (Cablera T茅lam)
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