|
|||
11-03-2011 | La infertilidad una enfermedad | |||
La Justicia obligó a una obra social a cubrir tratamiento de fertilización | |||
|
|||
La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata falló a favor de una pareja que reclamaba a su obra social cobertura para un tratamiento de fertilización. Los argumentos de la sentencia hacen hincapié en la nueva ley, sancionada en diciembre pasado en la Provincia de Buenos Aires, que reconoce a la infertilidad como enfermedad. En el fallo, la Cámara señala que no se puede obviar que "con fecha 2 de diciembre de 2010 la honorable Legislatura provincial hubo sancionado y el Poder Ejecutivo promulgó la ley 14.208, a través de la cual el Estado provincial reconoce a la 'infertilidad humana' como 'enfermedad' y asimismo reconoce 'la cobertura médico asistencial integral de las prácticas médicas a través de las técnicas de fertilización homóloga reconocidas por la OMS '". La decisión de la Cámara benefició a una pareja platense que reclamaba a su obra social la cobertura de un tratamiento de fertilización de alta complejidad conocido como Inyección Intracitoplasmática de un Espermatozoide. "Por primera vez la Justicia tiene una ley en la que apoyarse para garantizar el derecho a la salud de una pareja con problemas de infertilidad", explicó el ministro Collia esta mañana, luego de una reunión con los diputados Feliú y De Jesús -impulsores de la ley en la Legislatura-, para evaluar la marcha del programa de fertilización que instrumenta el ministerio de Salud de la Provincia. Collia agregó que con esta norma "las obras sociales irán tomando registro de estas decisiones que ponen en evidencia que la cobertura de los tratamientos de fertilización es, nada menos, que un derecho humano". AN |