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| 12-05-2020 | Boletín Oficial | |||
| El Gobierno volver谩 a pagar el salario complementario en mayo | |||
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El Gobierno nacional extendi贸 al mes de mayo el alcance de los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producci贸n (ATP). Estos se refieren al Salario Complementario y a las contribuciones patronales, a trav茅s de la Decisi贸n Administrativa 747/2020 publicada hoy en el Bolet铆n Oficial.
De esta forma, la Jefatura de Gabinete resolvi贸 adoptar las recomendaciones del Comit茅 de Evaluaci贸n y Monitoreo del ATP, en base a informes elaborados por el Ministerio de Desarrollo Productivo y la Secretar铆a de Pol铆tica Econ贸mica, que dan cuenta del nivel de afectaci贸n de la econom铆a derivada de la extensi贸n del aislamiento.
Adem谩s, este Comit茅 inform贸 que se otorgar谩 el beneficio del Salario Complementario a las instituciones educativas que no reciben subsidios de ninguna clase, y se analizar谩 el caso de las que reciben aportes del Estado.
En el mismo sentido, se evaluar谩 la situaci贸n de prestadores de la salud que reunir铆an las condiciones para acceder al mismo beneficio.
El Comit茅 consider贸 necesario extender los beneficios del Programa ATP relativos al Salario Complementario -que se har谩n efectivos en junio pr贸ximo-. Adem谩s, la postergaci贸n y la reducci贸n del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), respecto de los haberes y aportes que se devenguen durante mayo.
El Ministerio de Educaci贸n exhibi贸 al Comit茅 la informaci贸n suministrada por la Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP), que indica que hay instituciones educativas que reunir铆an las condiciones estipuladas para acceder al Salario Complementario.
Adem谩s, Educaci贸n indic贸 que proceder谩 a controlar con las jurisdicciones locales cu谩les de esas instituciones no perciben aportes o subsidios, tras lo cual informar谩 a la AFIP el listado de las que no los reciben de ninguna clase, para que proceda a tramitar el pago del Salario Complementario.
El Comit茅 consider贸 que efectuados los controles, Educaci贸n proporcione directamente a la AFIP el listado de las instituciones que no perciben aportes o subsidios, cuyos trabajadores se encuentran en condiciones de percibir el Salario Complementario, y que el organismo fiscal avance con el tr谩mite tendiente a efectivizar ese beneficio.
Porsu parte, el Ministerio de Salud remiti贸 un informe donde describe la situaci贸n de los prestadores de salud en el marco de la emergencia sanitaria. De acuerdo con este relevamiento, la situaci贸n de las empresas del sector se encuadra en las previsiones que fijan los criterios cuyo cumplimiento se exige para acogerse a los beneficios del ATP.
El Comit茅 solicit贸 a Salud que, mediante la fijaci贸n de los criterios objetivos que estime adecuados, efect煤e la selecci贸n de los prestadores referidos y los comunique.
En tanto, el Ministerio de Transporte solicit贸 que se incluya en el Salario Complementario a una n贸mina de actividades del sector, entre los que est谩n los taxis, los remises, el transporte escolar, los servicios de larga distancia, de fletes y el transporte de carga. (filonews)
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