Casal se opone a resguardar los derechos de niños y niñas
16-11-2025
12-01-2012 | Apeló fallo del juez Arias
Casal se opone a resguardar los derechos de ni帽os y ni帽as

El ministro de Justicia y Seguridad, Ricardo Casal, apel贸 el fallo realizado por el titular del Juzgado en lo Contencioso y Administrativo N掳1, Luis Federico Arias, por el cual se  proh铆be a la Polic铆a de Buenos Aires sacar fotos de menores y se ordena la destrucci贸n de los 谩lbumes fotogr谩ficos que la fuerza suele utilizar para incriminarlos en hechos delictivos. En el mismo fallo se proh铆be a la Municipalidad de La Plata la colocaci贸n de c谩maras en escuelas.

Hacia fines de diciembre el Juez Luis Arias decidi贸 dar lugar a la presentaci贸n realizada por el Defensor Oficial ante el Fuero de la Responsabilidad Juvenil N陋16, Juli谩n Axat. En el mismo se ordena al Ministerio de Seguridad que "elimine en todos los 贸rganos administrativos y policiales del Partido de La Plata, los archivos fotogr谩ficos de j贸venes, o datos pertenecientes a los mismos  que de cualquier modo permitan la identificaci贸n de una persona menor de 18 a帽os a quien se le atribuya la comisi贸n de actos il铆citos". 

Sin embargo, a principios de enero el ministro de Justicia y Seguridad, Ricardo Casal, y el fiscal de Estado Jorge Szelagowsky apelaron el fallo del juez Arias. Seg煤n difundieron los medios locales, se argumenta en la apelaci贸n "a inatendibilidad sustancial de la pretensi贸n, por considerar que no se encuentra acreditado cuales ser铆an la dependencias policiales que llevar铆an los registros denunciados".

El defensor juvenil afirmar铆a luego que la apelaci贸n argumenta cuestiones formales, sin discutir siquiera la situaci贸n de vulnerabilidad de chicos y chicas que el fallo plante贸.

El Fallo

El defensor Axat  se帽al贸 que a partir de diversas causas penales hab铆a quedado demostrado que se le ense帽aban a v铆ctimas de delitos "fotograf铆as o im谩genes de menores de edad con el fin de inducirlas a reconocer a determinado autor".  En el fallo, el Juez Arias enumera distintos casos donde se comprob贸 la pr谩ctica policial de sacar fotos a menores detenidos o demorados, que luego se ense帽aban a v铆ctimas de delitos. Entre estos casos se enumera el de un joven demorado en la Comisar铆a 5潞 de La Plata, donde el Comisario "me sac贸 una foto de frente y dos o tres m谩s de perfil con un celular". Tambi茅n el de un joven que en San Vicente fue detenido por averiguaci贸n de antecedentes y una vez en la dependencia le tomaron fotos que luego fueron utilizadas para involucrarlo en un causa por abuso sexual, de la cual ser铆a sobrese铆do a partir de un an谩lisis de ADN.

El juez Arias al momento de la sentencia consider贸 que "desde una instrucci贸n policial producto de la eventual comisi贸n de un delito hasta una simple averiguaci贸n de antecedentes, debe garantizar la privacidad del ni帽o". El titular del Juzgado en lo Contencioso y Administrativo N掳1,  afirm贸 que  la limitaci贸n de la publicidad de procedimientos ya hab铆an sido temas considerados por organismos internacional con el objetivo de "preservar al ni帽o de apreciaciones, juicios o estigmatizaciones que pueden gravitar sobre su vida futura". Mientras tanto, el defensor Axat sostuvo que la rutina policial en cuesti贸n es una violaci贸n a la legislaci贸n nacional e internacional que protege  a ni帽os y ni帽as.

En el 2005 la Asociaci贸n Miguel Bru denunci贸 la pr谩ctica policial conocida como "modus operandi", que consist铆a en fotografiar a personas y archivarlas en carpetas para luego ense帽ar a v铆ctimas  y medios de comunicaci贸n. El entonces Ministro de Seguridad, Le贸n Arslani谩n, orden贸 que dichos 谩lbumes sean entregados a la direcci贸n de Antecendes. A partir de entonces se resolvi贸 que "los 谩lbumes fotogr谩ficos sean exhibidos en los casos y a las personas que la autoridad judicial competente determine", al tiempo que los "modus operandi" s贸lo ser铆an aplicados a los adultos.

Sin embargo, Arias debi贸 realizar este nuevo fallo al argumentar el Defensor que "existen indicios suficientes que demuestran que la actual gesti贸n del Ministerio de Seguridad posee un claro desgobierno sobre la referida actividad desplegada por las fuerzas de seguridad policial respecto a personas menores de edad". Afirmaba de esta manera, que la confecci贸n de prontuarios de menores sigue siendo una pr谩ctica com煤n.

Sin c谩maras de seguridad en las escuelas

El fall贸, y por lo tanto la apelaci贸n, alcanz贸 tambi茅n la colocaci贸n de c谩maras en las escuelas. Axat relat贸 que la Municipalidad de La Plata instal贸 cuatro c谩maras en la Escuela N掳22 de La Plata y una central de monitoreo en la direcci贸n del establecimiento, como parte de una prueba piloto que meses despu茅s fue abandonada.  En aquel momento el defensor sostuvo que "la utilizaci贸n de dichos dispositivos f铆lmicos posee claras consecuencias punitivas y configura una pr谩ctica invasiva por parte de las autoridades p煤blicas que afecta de modo irrazonable el derecho a la intimidad consagrado en el art铆culo 16 de la Convenci贸n de los Derechos del Ni帽o".

En el fallo, Arias orden贸 a la Municipalidad de La Plata "a que se abstenga de permitir y/o promover la instalaci贸n de todo dispositivo de registro-video que posibilite la vigilancia de ni帽os y adolescentes que concurres a las escuelas de la ciudad de La Plata".

Indymedia La Plata