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| 06-05-2019 | ALERTA POR EL AEROPUERTO | |||
| Pedido de la Corte dispara alerta por la continuidad de El Palomar | |||
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Un pedido de informes de la Corte Suprema puso en alerta la eventual continuidad del Aeropuerto El Palomar, epicentro operativo de las aerol铆neas "low-cost". Con tres firmas, y de manera sorpresiva, el m谩ximo Tribunal tom贸 el caso y curs贸 al Gobierno un requerimiento para que aporte la Declaraci贸n de Impacto Ambiental (DIA), previo a definir si trata el recurso de queja presentado por vecinos de Hurlingham contra el uso comercial de la base militar. Por decisi贸n de los jueces Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda se solicit贸 al Ministerio de Transporte de la Naci贸n, al Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) y a la Administraci贸n Nacional de Aviaci贸n Civil (ANAC) que remitan la DIA junto con toda otra documentaci贸n respaldatoria, en un plazo no mayor al de treinta d铆as h谩biles. Ese movimiento encendi贸 las alarmas oficiales porque en el desarrollo del expediente ya se hab铆a reconocido que ese requisito no se hab铆a cumplimentado por considerarse que no era necesario. La discusi贸n de fondo es si con la puesta en marcha del aeropuerto en febrero de 2018, se hab铆a cumplido con el Procedimiento de Evaluaci贸n de Impacto Ambiental (EIA), que incluye la emisi贸n de una Declaraci贸n de Impacto Ambiental. El Ministerio de Transporte, que conduce Guillermo Dietrich, asegur贸 que esto no era ilegal porque no era requisito indispensable para que se utilice como base aerocomercial, algo que termin贸 siendo avalado por la jueza Martina Forns, que rechaz贸 el planteo vecinal basado en que no pod铆an habilitarse los vuelos sin estos pasos previos, de acuerdo a la Ley General del Ambiente de la Naci贸n (N掳 25.675). La resoluci贸n fue confirmada en todas las instancias posteriores y se deneg贸 el recurso extraordinario para escalar a la Corte, por eso decidieron ir "en queja". La mayor铆a dio un primer paso clave antes de resolver el caso. El pasado 16 de abril, la Corte curs贸 un oficio apoyado en "lo establecido por el art铆culo 32 de la Ley 25.675" -la norma de Ambiente que citaron los municipios- para que "informen cu谩l es el organismo competente para emitir la Declaraci贸n de Impacto Ambiental (conforme art铆culos 11 y subsiguientes de la Ley 25.675) en lo referente a la habilitaci贸n de la actividad aerocomercial en el Aeropuerto de El Palomar, sito en el partido de Mor贸n", indic贸 la Corte. "En su caso, la autoridad competente deber谩 acompa帽ar copia de la mencionada Declaraci贸n de Impacto Ambiental y toda la documentaci贸n relacionada a dicha decisi贸n", puntualizaron. El problema es t茅cnico: el Gobierno ya admiti贸 que no existe lo que ahora pide la Corte para anexar a su expediente. La C谩mara Federal de San Mart铆n (cuando confirm贸 el levantamiento de la medida cautelar que bloqueaba el uso de El Palomar) hizo la distinci贸n t茅cnica de lo que significa el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), y el Procedimiento de Evaluaci贸n de Impacto Ambiental (EIA). Sobre el caso, los jueces explicaron que respecto de El Palomar solamente hay dos EsIA, pero no se hizo el Procedimiento EIA, y por ende no existe la Declaraci贸n de Impacto Ambiental (DIA), algo que no era un requisito previsto en la habilitaci贸n que ya ten铆a para funcionar. Remarcaron en aquella ocasi贸n que la base estaba habilitada desde 1968 y que la norma que lo reg铆a era tener los Estudios de Impacto y "no que se llevara adelante una EIA ante la autoridad ambiental". La C谩mara sostuvo que los demandantes no aportaron informes que desvirt煤en los estudios sobre el ruido, el principal problema ambiental que surge de la operatoria de las "Low Cost" como Flybondi. Para terminar de configurar el escenario de alerta, fue el propio Gobierno el que contest贸 el 26 de febrero de este a帽o que la C谩mara no hab铆a remarcado que no exist铆a la DIA como aseguraba la apelaci贸n de los demandantes, sino que se requirieron estudios previos y bimestrales para monitorear los efectos del ruido (por incremento de actividad) a una estaci贸n a茅rea que ya contaba con una habilitaci贸n. ORSNA y ANAC avalaron esos dos EsIA. Adem谩s, Transporte indic贸 que "al ORNSA le compete autorizar y emitir -de corresponder- la Declaraci贸n de Impacto Ambiental para la realizaci贸n de obras" en El Palomar, como sucedi贸 con la Etapa I cuando se construy贸 la terminal de pasajeros. La Justicia le dio la raz贸n a la posici贸n oficial, rechazando escalar el asunto a la Corte. Pero el m谩ximo Tribunal hizo movimientos en direcci贸n a abrir la queja. En el cuarto piso del Palacio de Tribunales sostienen que no hubo relaci贸n con la aparici贸n p煤blica de Mauricio Macri en El Palomar dando por cerrado el conflicto con los vecinos e inaugurando la operatoria de "Jetsmart". Indican que el pedido no obstruye que pueda realizarse la DIA en el lapso otorgado, ni que la solicitud implique que haya decisi贸n tomada con respecto al recurso de queja que presentaron quienes buscan la clausura del aeropuerto. (谩mbito) |