ANSES: quiénes pueden ser apoderados de jubilados y pensionados
25-02-2026
24-02-2026 | SIN TURNO PREVIO
ANSES: quiénes pueden ser apoderados de jubilados y pensionados
El organismo previsional detalló qué personas e instituciones pueden ser designadas para gestionar o cobrar prestaciones en nombre del titular.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), dependiente del Ministerio de Capital Humano, informó que jubilados y pensionados pueden designar un apoderado para realizar trámites o percibir haberes en su nombre.

¿Quién puede ser elegido como apoderado?

-Cualquier persona mayor de 18 años.

-Un familiar del titular (sin necesidad de turno previo).

-Una entidad pública nacional, provincial o municipal.

-Mutuales o instituciones de asistencia social.

-Abogados o procuradores con poder certificado ante escribano.

-El director o administrador de un hospital, sanatorio o asilo (en caso de personas internadas).

Un banco habilitado para giro al exterior, si el titular reside fuera del país, como:

-Banco de la Nación Argentina

-Banco de la Ciudad de Buenos Aires

-Banco Patagonia

-Banco Credicoop

-Banco Piano

-Banco Comafi

De esta manera, ANSES garantiza que los beneficiarios puedan acceder a sus prestaciones aun cuando no puedan gestionarlas personalmente.