Auditar a las universidades es garantizar la autarquía
26-12-2024
26-10-2024 | SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN
Auditar a las universidades es garantizar la autarqu铆a
El Ministerio de Capital Humano comparte las razones por las que el Estado Nacional debe cumplir con el mandato de financiamiento, supervisi贸n y fiscalizaci贸n de la Ley 24.521 de Educaci贸n Superior.
El Ministerio de Capital Humano informa que dado que el Estado Nacional es el responsable de proveer el financiamiento, la supervisi贸n y fiscalizaci贸n de las universidades nacionales. La Ley N掳 24.521 de Educaci贸n Superior establece que las instituciones universitarias nacionales tienen autarqu铆a econ贸mico-financiera que ejercer谩n dentro del r茅gimen de la Ley 24.156.

En este contexto, seg煤n el dictamen jur铆dico compartido por la SIGEN con la Secretar铆a de Educaci贸n del Ministerio de Capital Humano, al encuadrar el accionar de las Universidades Nacionales en la citada Ley, se busc贸 garantizar la regularidad financiera y la legalidad de los procedimientos para la utilizaci贸n de recursos p煤blicos y el r茅gimen de responsabilidad de los funcionarios, imponi茅ndoles la obligaci贸n de rendir cuentas de su gesti贸n; adem谩s de implementar un sistema de control interno, integrado por la SIGEN, como 贸rgano Rector.

En consecuencia, no hay colisi贸n entre la autonom铆a y autarqu铆a universitaria y la competencia de control de SIGEN en el 谩mbito de las universidades nacionales. 

La Ley de Educaci贸n Superior, dictada como consecuencia de la Reforma Constitucional, es la que someti贸 expresamente el sistema de educaci贸n superior a la Ley N掳 24.156, norma que faculta a la Sindicatura General de la Naci贸n para examinar en forma sistem谩tica e integral el control interno imperante en los organismos y entes del sector p煤blico, sus operaciones y el cumplimiento de las responsabilidades financieras, legales y de gesti贸n.

El control que lleva adelante SIGEN es fundamental para una gesti贸n p煤blica adecuada, por cuanto implementa y supervisa el funcionamiento de herramientas que permiten advertir a la autoridad responsable del organismo o ente fiscalizado sobre los riesgos que existen en la organizaci贸n a su cargo y, consecuentemente, le aportan informaci贸n que facilita la adopci贸n de acciones correctivas que restablezcan la regularidad y juridicidad del accionar administrativo, colaborando as铆 en el proceso de mejora continua de la actividad estatal.

Cuando no existe control se facilita la existencia de un ambiente propicio para la ocurrencia de maniobras que permiten desviar el dinero p煤blico a fines no queridos.

En s铆ntesis, la falta de control de la aplicaci贸n de los significativos fondos p煤blicos que el Estado Nacional destina a las Universidades Nacionales posibilita que esos recursos sean utilizados con fines distintos a aquellos para los que fueron asignados.