23-07-2026
14-06-2012 | Se aprobó un proyecto en la Cámara de Diputados bonaerense
Promueven la "toma de conciencia" para erradicar el trabajo infantil
La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires adhirió al "Día Internacional contra el trabajo  infantil" que se conmemoró esta semana y promovió seguir "tomando conciencia" para desterrar del mundo este flagelo que afecta a 127 millones de niños.

Lo hizo, al aprobar hoy un Proyecto de  Declaración presentado por Jorge Solmi, titular del bloque del Proyecto Bonaerense.

 "Adherimos al Día Internacional contra el trabajo infantil destacando en el 2012 los desafíos pendientes que quedan por recorrer en la Hoja de Ruta adoptada por la  Comunidad Internacional para eliminar las peores formas de  trabajo infantil para el 2016", señaló el legislador.

 En los fundamentos de proyecto, Solmi indicó "este Día se origina en el 2002 cuando desde la OIT (Organización Internacional del Trabajo) surge la iniciativa promoviendo la toma de conciencia y la acción de la comunidad internacional respecto a la lucha contra el trabajo infantil. Además, es una buena ocasión para reforzar la voluntad política de los gobiernos y movimientos sociales".

El diputado oriundo de Pergamino recordó que de acuerdo a la OIT "los Estados Miembros deben establecer en su legislación interna una edad mínima legal de admisión al  empleo, que no debe ser inferior a la edad en que cesa la educación obligatoria".

Asimismo, el Convenio de la OIT de 1999, sobre las peores formas de trabajo infantil, exhorta a la adopción de "medidas inmediatas y eficaces para conseguir la prohibición y la eliminación de las peores formas de trabajo infantil con carácter de urgencia", siendo que las peores formas abarcan:
 
- Todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, como la venta y la trata de niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervo, y el trabajo forzoso u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados.
 
- La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la prostitución, la  producción de pornografía o actuaciones pornográficas.
 
- La  utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la realización de  actividades ilícitas, en particular la producción y el tráfico de  estupefacientes, tal como se definen en los tratados internacionales  pertinentes.
 
-  El trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños.