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| 05-07-2021 | GARANTIZAR COMUNICACIÓN EFICIENTE | |||
| Provincia de Buenos Aires: Reglamentaron la aplicaci贸n del domicilio electr贸nico y de las audiencias virtuales | |||
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El Gobierno bonaerense aprob贸 las pautas que regir谩n la aplicaci贸n del domicilio electr贸nico y de las audiencias virtuales en la administraci贸n p煤blica de la provincia de Buenos Aires y a quienes se vinculen con ella, con el fin de "agilizar los procedimientos administrativos y garantizar una comunicaci贸n eficiente". A trav茅s del decreto N掳 428 publicado este lunes en el Bolet铆n Oficial del distrito, el gobernador Axel Kicillof reglament贸 dos cap铆tulos de la Ley 15.230 para la implementaci贸n de los sistemas de constituci贸n de domicilio electr贸nico y de audiencias virtuales. Esa norma, promulgada en enero pasado, regul贸 la utilizaci贸n de la notificaci贸n electr贸nica y de audiencias virtuales o mixtas, "a efectos de dotar de seguridad jur铆dica y de garant铆as a los ciudadanos para la utilizaci贸n de estas herramientas en el procedimiento administrativo". Dispuso que los domicilios electr贸nicos pueden ser utilizados para realizar toda clase de notificaciones y dem谩s actos procesales de comunicaci贸n a trav茅s de medios digitales y habilit贸 las audiencias con car谩cter sustitutivo o complementario de las audiencias presenciales "garantizando el debido proceso, y la seguridad, confidencialidad, integridad, gratuidad y accesibilidad". En ese marco, se determin贸 que la autoridad de aplicaci贸n ser谩 la Subsecretar铆a de Gobierno Digital de Jefatura de Gabinete, que establecer谩 los supuestos en los que los sujetos alcanzados se encuentren imposibilitados de cumplir con la obligaci贸n de constituir domicilio electr贸nico o de asistir a audiencias virtuales. Tambi茅n, deber谩 establecer la forma de constituci贸n del domicilio electr贸nico, la informaci贸n que deber谩 denunciarse y la documentaci贸n que habr谩 que presentar en soporte digital o f铆sico; autorizar las plataformas a trav茅s de las cuales se realizar谩n las audiencias virtuales o mixtas; y aprobar los instructivos t茅cnicos que regir谩n los procedimientos. "Suscribir los protocolos, acuerdos espec铆ficos, convenios marco o de colaboraci贸n, actas y adendas, que resulten necesarios para la implementaci贸n del domicilio electr贸nico y las audiencias virtuales, as铆 como para establecer la compatibilidad entre los sistemas de gesti贸n de domicilios electr贸nicos con la Suprema Corte de Justicia, previa intervenci贸n de los organismos de asesoramiento y control", es otra de las atribuciones de la Subsecretar铆a. En los fundamentos de la medida se especific贸 que "la utilizaci贸n de ambos instrumentos permitir谩 dotar a las actuaciones de mayor celeridad y reducir de forma sustancial los tiempos del procedimiento, implicando una mejor utilizaci贸n de los recursos". Adem谩s, se resalt贸 que se trata de herramientas tendientes "a garantizar no solamente la celeridad en cuanto a tr谩mites administrativos sino tambi茅n respecto de la transparencia, la inclusi贸n, la informaci贸n y la creaci贸n de nuevos canales de di谩logo e intercambio". (telam) |