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31-07-2020 | CON 40 VOTOS A FAVOR Y 30 EN CONTRA | |||
Es ley el nuevo r茅gimen que regula el teletrabajo en todo el pa铆s | |||
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El Senado convirti贸 en ley la regulaci贸n del teletrabajo o "homeoffice" en todo el pa铆s, una modalidad en boga a partir del aislamiento obligatorio producto del avance del coronavirus en el pa铆s. Con el voto del Frente de Todos y el rechazo de Juntos por el Cambio, la iniciativa que ya hab铆a sido aprobada en Diputados avanz贸 con 40 votos a favor y 30 en contra. La oposici贸n firm贸 un dictamen en minor铆a por considerar que la ley aprobada "desalentaban" a los empleadores a promover el teletrabajo. Al defender el proyecto, el senador Mariano Recalde dijo que "no surge a las apuradas", destac贸 que tuvo "amplio consenso en la C谩mara de Diputados" y afirm贸 que la ley "garantiza derechos que ya existen, que de no ser respetados har铆an retroceder al pa铆s 100 a帽os". "Es muy sano que la ley proh铆ba al empleador, por ejemplo, efectuar llamados fuera del horario laboral", sostuvo, y remarc贸 que la cuesti贸n de la reversibilidad del formato de teletrabajo -uno de los puntos cuestionados por la oposici贸n- alcanza con un preaviso de 15 d铆as. En cambio, el jefe de los senadores de Cambiemos, Luis Naidenoff, declar贸 que "hay una mirada sesgada (del oficialismo) con esta idea de no aceptar cambios" y se帽al贸 "falta de sentido com煤n", ya que la ley "pone un freno a las fuentes de trabajo" y demuestra "una enorme torpeza desde lo pol铆tico". C贸mo es el nuevo r茅gimen La ley establece las condiciones legales m铆nimas para la regulaci贸n de la modalidad de teletrabajo en aquellas actividades que lo permitan por su naturaleza y caracter铆sticas, y aclara que los aspectos espec铆ficos se establecer谩n en el marco de las negociaciones colectivas. De este modo, las personas que trabajen bajo esta modalidad gozar谩n de los mismos derechos y obligaciones que las que trabajen en forma presencial y su remuneraci贸n no podr谩 ser inferior a la que percib铆an o percibir铆an en modalidad presencial. Adem谩s, determina que los convenios colectivos deber谩n prever una combinaci贸n entre prestaciones presenciales y por teletrabajo. Respecto a la jornada laboral establece que debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo, de conformidad con los l铆mites legales y convencionales vigentes y que las plataformas y/o sistemas utilizados por el empleador deber谩n desarrollarse de modo acorde a la jornada laboral, impidiendo su conexi贸n fuera de la misma. Tambi茅n menciona el derecho a la desconexi贸n digital, es decir la posibilidad de no ser conectados y a desconectarse de los dispositivos digitales fuera de su jornada laboral y durante los per铆odos de licencias aquellos trabajadores que se desempe帽en bajo esta modalidad, sin que sean sancionados. Sobre las tareas de cuidado, se帽ala que quienes cumplan esa actividad y acrediten tener a su cargo, de manera 煤nica o compartida, el cuidado de personas menores de 13 a帽os, personas con discapacidad o adultos mayores que convivan con la persona trabajadora y que requieran asistencia espec铆fica, tendr谩n derecho a horarios compatibles con esas tareas de cuidado y/o a interrumpir la jornada. El traslado de quien trabaja en una posici贸n presencial hacia la modalidad de teletrabajo, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, debe ser voluntario y el consentimiento debe prestarse por escrito. La ley ordena que el empleador debe proporcionar el equipamiento, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempe帽o de las tareas, y asumir los costos de instalaci贸n, mantenimiento y reparaci贸n de las mismas, o compensar por la utilizaci贸n de herramientas propias de la persona trabajadora. (DIB) |