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29-06-2020 | Se oficializó a través del Decreto de Necesidad | |||
Cu谩les son las actividades esenciales que quedaron exceptuadas de la nueva cuarentena | |||
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El gobierno nacional oficializ贸 este lunes la extensi贸n del aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 1 al 17 de julio con nuevas restricciones en actividades y en el transporte p煤blico en el 脕rea Metropolitana de Buenos Aires (Amba), Chaco, el departamento rionegrino de Genera Roca y el aglomerado urbano de Neuqu茅n.
En paralelo, el Gobierno prorrog贸 en el mismo lapso el distanciamiento social, preventivo y obligatorio para el resto del pa铆s, que poco a poco va volviendo hacia una fase de normalidad.
Lo hizo a trav茅s del Decreto de Necesidad y Urgencia 576/2020, en el que se establecieron las actividades consideradas esenciales que podr谩n continuar funcionando durante el ASPO.
All铆 se extendi贸 de 24 a 30 el listado original establecido desde el comienzo de la cuarentena el 20 de marzo y se agregaron otras 7 que s贸lo se podr谩n activar si no se utiliza el transporte p煤blico.
Estas medidas comenzar谩n a regir desde este mi茅rcoles y quienes est茅n exceptuados podr谩n tramitar los permisos de circulaci贸n desde este lunes a trav茅s de la aplicaci贸n Cuidar o la p谩gina oficial.
Adem谩s, habr谩 permisos por 24 horas para realizar tr谩mites, tratamientos m茅dicos o trasladar a familiares que permitir谩 a quienes obtengan este certificado utilizar el transporte p煤blico ese d铆a.
Actividades esenciales:
1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorol贸gico Nacional, bomberos y control de tr谩fico a茅reo.
2. Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del sector p煤blico nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.
3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
4. Personal diplom谩tico y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convenci贸n de Viena sobre Relaciones Diplom谩ticas y la Convenci贸n de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a ni帽os, a ni帽as o a adolescentes.
6. Personas que deban atender una situaci贸n de fuerza mayor.
7. Personas afectadas a la realizaci贸n de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reuni贸n de personas.
8. Personas afectadas a la atenci贸n de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
9. Personal que se desempe帽a en los servicios de comunicaci贸n audiovisuales, radiales y gr谩ficos.
10. Personal afectado a obra p煤blica.
11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreter铆as. Veterinarias. Provisi贸n de garrafas.
12. Industrias de alimentaci贸n, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento m茅dico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los t茅rminos del art铆culo 3掳 de la Decisi贸n Administrativa N掳 429/20 que aclara que en el art铆culo 6掳 inciso 12 del Decreto N掳 297/20 cuando se refiere a las Industrias de alimentaci贸n se entender谩 a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentaci贸n y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento m茅dico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
13. Actividades vinculadas con la producci贸n, distribuci贸n y comercializaci贸n agropecuaria y de pesca.
14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y m贸vil y servicios digitales.
15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
16. Recolecci贸n, transporte y tratamiento de residuos s贸lidos urbanos, peligrosos y patog茅nicos.
17. Mantenimiento de los servicios b谩sicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atenci贸n de emergencias.
18. Transporte p煤blico de pasajeros, transporte de mercader铆as, petr贸leo, combustibles y GLP.
19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
20. Servicios de lavander铆a.
21. Servicios postales y de distribuci贸n de paqueter铆a.
22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
23. Guardias m铆nimas que aseguren la operaci贸n y mantenimiento de Yacimientos de Petr贸leo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinaci贸n de Petr贸leo y gas, transporte y distribuci贸n de energ铆a el茅ctrica, combustibles l铆quidos, petr贸leo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energ铆a el茅ctrica.
24. Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros autom谩ticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REP脷BLICA ARGENTINA autorice.
25. Operaci贸n de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operaci贸n de aeropuertos. Operaci贸n de garages y estacionamientos con dotaciones m铆nimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas r谩pidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulaci贸n de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los t茅rminos de la Decisi贸n Administrativa N掳 429/20 art铆culo 1掳, incisos 3, 4, 7 y 10 y art铆culo 2掳.
26. Inscripci贸n, identificaci贸n y documentaci贸n de personas, en los t茅rminos de la Decisi贸n Administrativa N掳 450/20, art铆culo 1掳, inciso 8.
27. Circulaci贸n de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atenci贸n al p煤blico, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los t茅rminos de la Decisi贸n Administrativa N掳 490/20, art铆culo 1掳, incisos 1, 2 y 3.
28. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias m铆nimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias m铆nimas. Establecimientos para la atenci贸n de personas v铆ctimas de violencia de g茅nero. Atenci贸n m茅dica y odontol贸gica programada, de car谩cter preventivo y seguimiento de enfermedades cr贸nicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de an谩lisis cl铆nicos y centros de diagn贸stico por imagen, con sistema de turno previo. 脫pticas, con sistema de turno previo; todo ello en los t茅rminos de la Decisi贸n Administrativa N掳 524/20 art铆culo 1掳 incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9.
29. Traslado de ni帽os, ni帽as y adolescentes, en los t茅rminos de la Decisi贸n Administrativa N掳 703/20.
30. Personal de la ADMINISTRACI脫N NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -ANSES-, en los t茅rminos de la Decisi贸n Administrativa N掳 810/20 art铆culo 2掳, inciso 1.
Otras excepciones pero sin uso de transporte p煤blico
En estas actividades, el empleador o la empleadora debe garantizar el traslado de los trabajadores y trabajadoras sin la utilizaci贸n del servicio p煤blico de transporte de pasajeros de colectivos, trenes o subtes:
1. Industrias que se realicen bajo procesos continuos. Producci贸n y distribuci贸n de biocombustibles. Todo ello, en los t茅rminos de la Decisi贸n Administrativa N掳 429/20, art铆culo 1掳, incisos 1 y 2.
2. Venta de insumos y materiales de la construcci贸n provistos por corralones. Actividades vinculadas con la producci贸n, distribuci贸n y comercializaci贸n forestal y minera. Curtiembres, aserraderos y f谩bricas de productos de madera, f谩bricas de colchones y f谩bricas de maquinaria vial y agr铆cola. Exploraci贸n, prospecci贸n, producci贸n, transformaci贸n y comercializaci贸n de combustible nuclear. Servicios imprescindibles de mantenimiento y fumigaci贸n. Todo ello en los t茅rminos de la Decisi贸n Administrativa N掳 450/20, art铆culo 1掳, incisos 1, 2, 3, 5 y 6.
3. Talleres para mantenimiento y reparaci贸n de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte p煤blico, veh铆culos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, veh铆culos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorizaci贸n para circular, conforme la normativa vigente. Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas 煤nicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. Fabricaci贸n de neum谩ticos; venta y reparaci贸n de los mismos exclusivamente para transporte p煤blico, veh铆culos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, veh铆culos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorizaci贸n para circular, conforme la normativa vigente. Venta de art铆culos de librer铆a e insumos inform谩ticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. Todo ello en los t茅rminos de la Decisi贸n Administraci贸n N掳 490/20, art铆culo 1掳, incisos 4, 5, 6 y 7.
4. Actividad econ贸mica desarrollada en Parques Industriales.
5. Producci贸n para la exportaci贸n, con autorizaci贸n previa otorgada por el Ministerio de Desarrollo Productivo. Venta de mercader铆a ya elaborada de comercios minoristas a trav茅s de plataformas de comercio electr贸nico; venta telef贸nica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y 煤nicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio. Peritos y liquidadores de siniestros de las compa帽铆as aseguradoras que permitan realizar la liquidaci贸n y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ning煤n caso se podr谩 realizar atenci贸n al p煤blico y todos los tr谩mites deber谩n hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes. Todo ello en los t茅rminos de la Decisi贸n Administrativa N掳 524/20, art铆culo 1掳, incisos 4, 8 y 10.
6. Personal afectado a la actividad de demolici贸n y excavaci贸n por emergencias
7. Pr谩ctica deportiva desarrollada por los y las atletas que se encuentran clasificados y clasificadas para los XXXII Juegos Ol铆mpicos, en los t茅rminos de la Decisi贸n Administrativa N掳1056/20. (tiempoar)
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