Macri creó por decreto la Agencia Nacional de Protección a Testigos e Imputados: La presidirá un “amigo” de Cambiemos
06-07-2025
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Macri creó por decreto la Agencia Nacional de Protección a Testigos e Imputados: La presidirá un “amigo” de Cambiemos
A 11 días de entregar el poder, el Presidente creó un "ente autárquico" e "independiente"de los Poderes Judicial y Ejecutivo que garantice la seguridad de testigos e imputados que corren peligro. La Agencia queda bajo custodia del Consejo Consultivo presidido por el titular la Cámara de Casación Penal, Juan Carlos Mahiques.

El presidente Mauricio Macri creó con el Decreto 795/2019 la Agencia Nacional de Protección a Testigos e Imputados, que si bien será un "ente autárquico", seguiría funcionando en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

En un principio la idea del Gobierno era traspasar el programa a la órbita del Poder Judicial, pero esa decisión quedó empantanada en el tire y afloje de la negociación que contó con la negativa de Alberto Fernández y con la resistencia de tribunales a hacerse cargo del paquete.

Antes de dejar el cargo, Macri quiso traspasarlo con un incentivo para la Cámara Federal de Casación Penal: 50 contratos de personal a ser repartidos por el máximo tribunal penal, que debería absorber bajo su égida (aunque sólo de manera formal) la estructura de testigos protegidos. Y además un deslinde de responsabilidad respecto de su funcionamiento y presupuesto, que quedará en cabeza del director del área -de manera exclusiva- y de fondos aplicados por el Consejo de la Magistratura. Sin embargo, ese DNU listo para la firma también naufragó.

Lo cierto es que ahora el jefe de Estado consiguió un atajo y creó una Agencia independiente. Según consta en la norma publicada este viernes en el Boletín Oficial, el programa fue destinado "a la ejecución de las medidas que preserven la seguridad de testigos e imputados que se encontraren en una situación de peligro para su vida o integridad física, que hubieran colaborado de modo trascendente y eficiente en una investigación judicial de competencia federal relativa a los delitos allí previstos".

Las medidas especiales de protección para testigos e imputados:

Custodia personal o domiciliaria

Alojamiento temporario en lugares reservados

Cambio de domicilio

Suministro de medios económicos

Asistencia para la gestión de trámites

Asistencia para la reinserción laboral

Suministro de documentación que acredite identidad

El DNU justificó la creación de la Agencia, teniendo en cuenta que "la incorporación de personas que brindaron información en investigaciones judiciales vinculadas a delitos que se habrían cometido en el ejercicio de la función pública".

Esas incorporaciones son principalmente la veintena de empresarios de la construcción y otros rubros que se vieron necesitados en declararse como arrepentidos en las causas de los "cuadernos" de Oscar Centeno y otros expedientes que investigan hechos de corrupción para no permanecer tras las rejas. Muchos de ellos ya denunciaron que fueron extorsionados o presionados para inculpar a funcionarios a cambio de lograr la libertad. Con el cambio de gestión, los colaboradores de la Justicia temen represalias y reclamaron de forma reservada que el Gobierno "se haga cargo" del programa.

 "Se ha vuelto necesario efectuar un reordenamiento institucional orientado a fortalecer su accionar y garantizar las condiciones para su actuación independiente", justificó Macri al tomar la medida.

Cómo funciona la Agencia de protección de testigos

Para cumplir con la "coordinación interinstitucional", el decreto establece la creación de un Consejo Consultivo de la Agencia e invita a presidir ese órgano al actual titular de Casación Penal, Juan Carlos Mahiques, un integrante de la "mesa judicial" de Cambiemos.

También proponen incluir en el Consejo al procurador general de la Nación o a un representante de la Procuración y al Secretario de Seguridad de la Nación o un representante del Ministerio de Seguridad. El director nacional de la Agencia será propuesto al Ministro de Justicia, y a su vez, éste deberá contar con el aval y nombramiento del Poder Ejecutivo.

"La imperiosa necesidad de efectuar la reorganización proyectada configura una excepcional circunstancia que hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes, toda vez que involucra cuestiones que afectan directamente a la preservación de la vida e integridad física y psicológica de las personas sometidas al cuidado del programa", remarcó el DNU.

El Congreso tiene 10 días hábiles para declarar la validez o invalidez de este decreto. (ámbito)