04-05-2024
02-07-2019 | El fallo descarta que la jueza hubiera actuado con parcialidad contra Tagliapietra
Ratificaron a la jueza que investiga qué pasó con el ARA San Juan
Después de que el padre de una de las 44 víctimas pidiera la recusación de Marta Yáñez, la Cámara Federal definió que no hay motivos para hacerlo.
Por Néstor Espósito
La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó a la jueza Marta Yáñez al frente de la investigación sobre las causas del naufragio del submarino ARA San Juan. El juez Javier Leal de Ibarra, en fallo unipersonal, desestimó la recusación que había planteado el abogado y padre de una de las 44 víctimas mortales, Luis Tagliapietra, por media docena de causales por las cuales pedía su apartamiento.

El fallo descarta que la jueza hubiera actuado con parcialidad, animosidad contra Tagliapietra, favorecimiento hacia el presidente, Mauricio Macri o hubiera adelantado opinión sobre cuál será el criterio final que adoptará para resolver el expediente.

También descarta que las reuniones que la jueza mantuvo con funcionarios políticos y autoridades militares hubieran constituido causales de recusación: "Resulta casi imposible pretender que el juez instructor se mantenga abstemio de todo vínculo o contacto con la fuerza militar a la que pertenecía el submarino pues la característica hasta de la misma nave dificulta de manera extrema la colaboración de otras instituciones".

El fallo descarta que la jueza Yáñez hubiera adelantado opinión en una reunión celebrada en Comodoro Rivadavia el 4 de mayo de 2018 con legisladores y el secretario de la Comisión Especial Investigadora sobre la Desaparición, Búsqueda y Operaciones de Rescate del submarino ARA, al expresar: "Acá pueden salir todos sobreseídos".

Para el tribunal, la magistrada "jamás emitió un juicio anticipado ni intempestivo y que solo pudo haber ilustrado a los legisladores de todas las posibilidades que ofrece el código. La expresión 'todos podrían salir sobreseídos' resulta claramente insuficiente para considerar un verdadero adelanto de opinión que trastoque la garantía de la imparcialidad".

El fallo considera que "no deja de ser una expresión genérica vertida en modo potencial que refiere a una de las opciones procesales de culminación del proceso".

El camarista Leal de Ibarra también consideró un artículo publicado por el sitio web Perfil, ante el que la jueza habría expresado que "en la cadena de responsabilidades estaría muy lejano" el presidente Macri.

"Si bien tal manifestación por sí sola podría conllevar a la expresión de cierto juicio de valor, de la lectura de la nota completa se desprende que la juez no apuesta por una hipótesis sobre otra refiriéndose a un error humano o a la concurrencia de factores de mantenimiento como causales del naufragio", replicó el fallo de Cámara.

Tagliapietra, padre del teniente de corbeta Alejandro Damián Tagliapietra, una de las 44 víctimas del naufragio, acusó a la jueza Yáñez de haber "actuado con animosidad manifiesta a su respecto como persona y como profesional" y le reprochó, entre otros hechos, una supuesta reunión reservada con el Ministro de Defensa, Oscar Aguad, en noviembre de 2018 "sin notificación a las partes pese a que el referido funcionario se encuentra en la línea de responsabilidades y de tal manera parte interesada".

"No ha sido una actividad llevada a cabo de manera extrajudicial sino, por el contrario, llevada adelante en el mentado sumario", respondió el fallo. Tampoco lo fue una reunión con el Jefe de la Armada, Vicealmirante José Luís Villan, Contraalmirante David Burden y Capitán de Navío Gabriel Attis, ni una reunión y almuerzo con la cúpula de la Armada Argentina en abril de 2010 en el Edificio Libertad "en condiciones de absoluto hermetismo".

"No advierto que este hecho pudiere resultar suficiente para dudar de su imparcialidad por amistad o enemistad. (…) De lo expuesto no se advierte en atención a la extensión de la documentación y la complejidad que de la descripción actuarial que hubiere mediado un dislate intencionado en perjuicio de los intereses del querellante".

El fallo sostiene que "las constancias de la causa despejan dudas acerca de un accionar teñido por animadversión hacia el recusante y sus intereses de modo que autoricen al apartamiento" de la jueza Yáñez. (tiempoar)