La Justicia negó amparo colectivo de intendentes bonaerenses para retrotraer tarifas eléctricas en todo el país
01-02-2026
28-05-2019 | RECHAZO A DEMANDA DEL PJ Y CONSUMIDORES
La Justicia neg贸 amparo colectivo de intendentes bonaerenses para retrotraer tarifas el茅ctricas en todo el pa铆s
Juez federal de La Plata argument贸 que no es posible analizar "razonabilidad" de suba prevista para 2019 en un universo tan amplio de usuarios.

El Gobierno Nacional recibi贸 una muy buena noticia desde los tribunales federales de La Plata. El juez Alberto Recondo rechaz贸 en primera instancia otorgar un amparo colectivo con alcance nacional para bloquear los aumentos en el servicio de energ铆a el茅ctrica dispuestos para 2019. El argumento central para la negativa es que no es posible distinguir una clase homog茅nea sobre el universo de usuarios residenciales impactados por los aumentos. Y esto es porque coexisten diferencias socioecon贸micas que impiden analizar el criterio de "razonabilidad" que tuvieron las subas.

La causa hab铆a sido iniciada por el Centro de Estudios Para la Promoci贸n de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) -que obtuvo el fallo favorable de la Corte por el gas en 2016-, la Asociaci贸n de Defensa de Usuarios y Consumidores (ADUCC), la Defensor铆a del Pueblo de la provincia de Buenos Aires y una veintena de intendentes del PJ Bonaerense, entre los que est谩n Ver贸nica Magario, Gabriel Katopodis y Fernando Grey entre otros.

Recondo no cerr贸 la puerta para una evaluaci贸n judicial sobre la constitucionalidad de los incrementos pero desestim贸 que una acci贸n de clase pueda ser la v铆a para que se expida en una sentencia de amplio espectro. Subray贸 que entre los usuarios residenciales conviven desde "jubilados y pensionados hasta ejecutivos de alto poder adquisitivo".

Por su parte, en relaci贸n a los grupos de personas vulnerables incluidos en la tipolog铆a de usuarios, el fallo consider贸 que ellos cuentan con la denominada "tarifa social" que brindan las jurisdicciones en cuesti贸n (tanto la Naci贸n como las provincias) y ello es "una pol铆tica que han adoptado los gobiernos cuyo m茅rito, oportunidad o conveniencia no incumbe al Poder Judicial". "El Estado Argentino, como responsable de las pol铆ticas p煤blicas, ha adoptado diversas medidas, orientadas todas ellas a maximizar la posibilidad del pleno goce y ejercicio de los derechos constitucionales de los usuarios vulnerables", asegur贸 el magistrado. Su decisi贸n ser谩 seguramente apelada ante la C谩mara Federal de La Plata.

El magistrado tambi茅n rechaz贸 el planteo incluido dentro de la demanda y sostenido por las asociaciones de consumidores respecto a la rentabilidad de las empresas el茅ctricas. En este sentido, afirm贸 que "la cotizaci贸n burs谩til de las empresas concesionarias en el mercado de valores no es uno de los extremos sobre los cuales corresponde efectuar el an谩lisis de razonabilidad" dado que esta "circunstancia accidental puede hallar explicaci贸n posible en los fines propuestos por la Revisi贸n Tarifaria Integral, en tanto la misma se orienta a la normalizaci贸n del sector energ茅tico, seg煤n fuera expuesto en las normas que determinaron la nueva pol铆tica sobre el servicio".

"El juicio sobre la razonabilidad de una tarifa determinada, no puede efectuarse sin consideraci贸n alguna respecto de las caracter铆sticas propias inherentes al sujeto sobre el cual recaen", sostuvo Recondo. Tambi茅n rechaz贸 que el caso pueda configurar una situaci贸n "confiscatoria", ya que esto debe ser acreditado por la parte demandante. "Respecto de los usuarios sobre los cuales cabe presumir una mejor posici贸n socioecon贸mica -al menos, categor铆as T1R7 a T1R9- no se ha demostrado, ni resulta de manera evidente de las constancias de autos, que el ejercicio individual de la acci贸n no aparezca plenamente posible, en atenci贸n a la entidad de las cuestiones planteadas", indic贸 el fallo sobre la chance de que demanden de manera individual. Por ende, no se encontrar铆a en peligro el acceso a la Justicia, uno de los motivos por el cual se hab铆a solicitado una acci贸n de clase con efecto extendido a todos los usuarios residenciales del pa铆s.

La demanda busc贸 que se declare la nulidad e inconstitucionalidad de la resoluci贸n 366/2018 de la Secretar铆a de Gobierno de Energ铆a de la Naci贸n y de las resoluciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) N潞 24/25/26 y 27 del 2019 por ser contrarias la Constituci贸n Nacional y la jurisprudencia de la Corte Suprema. La discusi贸n seguir谩 en la C谩mara con pron贸stico reservado para el reclamo de los intendentes. (谩mbito)