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| 02-05-2019 | PLAN ANTINFLACIONARIO | |||
| Pol茅mica por "Precios Esenciales": hay quejas por incumplimientos pero alertan que podr铆a no haber sanciones a empresas | |||
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El debut -con m谩s de una semana de demora- del plan "Productos Esenciales", que contempla el congelamiento de precios de 64 bienes de primera necesidad, confirm贸 lo que muchos sospechaban que iba a ocurrir: como suele suceder con estos programas, la realidad que se ve en las g贸ndolas est谩 lejos de lo que el enunciado oficialmente. Y ante la falta de productos, los problemas log铆sticos y las violaciones al acuerdo, todas las miradas est谩n ahora en si corresponden sanciones y si las autoridades mostrar谩n disposici贸n a aplicarlas. En este sentido, hay una traba: al tratarse de un plan de naturaleza algo ambigua -porque se lo present贸 como un programa de adhesi贸n voluntaria pero al mismo tiempo se anunci贸 que habr铆a inspecciones y eventuales multas-, los expertos ven una "zona gris" que puede dar lugar a conflictos entre las asociaciones de consumidores y las empresas productoras y distribuidoras. Las quejas de los usuarios no tardaron en darse a conocer a trav茅s de distintos medios, en especial, las redes sociales. All铆 vienen denunciando que los anuncios son confusos, que al momento de buscar lo ofertado en la g贸ndola no se encuentra en stock o que lo est谩 pero a un precio mayor del informado originalmente. Otra maniobra que destacan es que en varios locales s铆 figura la informaci贸n en la g贸ndola pero que el producto que est谩 all铆 no se encuentra incluido en el programa, por lo que se comercializa a un monto bastante m谩s alto al estipulado por el "pacto de caballeros" entre el Gobierno y empresarios. El marco legal, bajo la lupa En principio, los casos denunciados podr铆an encuadrarse como infracciones a la ley de Lealtad Comercial, ya que lo ofertado no coincide con lo ofrecido. M谩s all谩 de los controles realizados por las autoridades competentes -a los que consideran insuficientes porque no alcanzan a cubrir todos los comercios-, est谩 en cabeza de los propios consumidores la potestad de denunciar ante Defensa del Consumidor los faltantes y las irregularidades. En ese punto, destacan que el Gobierno dict贸 un decreto de necesidad y urgencia que reemplaza a la ley 22.802 sobre ese tema, por lo que los comercios podr铆an ser castigados con multas que alcanzan los $200 millones, pero advierten que esas sanciones pueden caer si la Justicia dicta la inconstitucionalidad de la norma. Es que las firmas consideran que hubo un exceso del Poder Ejecutivo en utilizar un DNU en lugar de una ley del Congreso. En este punto, los expertos agregan que la Ley de Abastecimiento vigente contempla sanciones para las conductas que el Gobierno trata de evitar. Los supermercados adheridos son Carrefour, La An贸nima, Walmart, Cencosud (Jumbo, Disco, Vea) y Coto, que forman parte de la Asociaci贸n de Supermercados Unidos (ASU), mientras que los comercios chinos y los peque帽os almacenes no est谩n incluidos en el programa. Desde la Secretar铆a de Defensa del Consumidor explicaron que las irregularidades que pueden detectar los consumidores son que el producto no se encuentre en g贸ndola, que no est茅 identificado como esencial, y que el precio de caja no coincida con el que tiene el listado. Si ello ocurre, instan a que el cliente llame al al 0800-666-1518 para hacer la denuncia o deje constancia en la p谩gina www.consumidor.gob.ar o de manera personal en las oficinas competente al lugar donde se constat贸 la conducta desleal. En tanto, la Asociaci贸n Protectora destaca que si la cadena de supermercados publicita tener precios cuidados o esenciales, y los mismos no se encontraban en la g贸ndola o ten铆an un precio superior o una restricci贸n en la cantidad en la venta, el consumidor puede denunciar publicidad enga帽osa, solicitar que se cumpla el listado, pedir que lo indemnicen y que multen a la empresa y hacer operativos mis derechos de consumidor. Y destacan que al consumidor no se le puede prohibir controlar los precios (con listado, tel茅fonos celulares, tablets, incluso solicitar la exhibici贸n del listado que debe proveer el supermercado). Sin embargo, los expertos en temas legales recalcan que las posibilidades de que los reclamos prosperen y esto derive en sanciones y multas, todav铆a no est谩 del todo claro, dada la existencia de las mencionadas "zonas grises". El Gobierno defiende la iniciativa Pese a las quejas de los consumidores, la Secretar铆a de Comercio Interior defendi贸 la iniciativa y asegur贸 que hay un buen nivel de cumplimiento y adelant贸 que van a seguir relevando todos los d铆as y con informaci贸n de todo el pa铆s. En un principio, la fiscalizaci贸n estuvo a cargo de un primer equipo de 40 personas que encararon el seguimiento de cada cadena y proveedor, por ubicaci贸n y formato con franquicias y concentrados, como de los de interior sin sucursales, y chicos. En teor铆a, esto perdurar谩 durante todo el programa pero desde la oposici贸n remarcan que hay pocos inspectores para relevar un espectro muy amplio. Los empresarios se defienden argumentando que ellos pactaron una determinada cantidad de productos que funciona como tope y que es posible que en la distribuci贸n lleguen pocos y que se acaben r谩pidamente frente a la gran demanda. En ese contexto, niegan rotundamente que realicen maniobras de desabastecimiento. Seg煤n un informe de la consultora Defendamos Buenos Aires, el stock diario de leche de las marcas incluidas en el programa Precios Esenciales es insuficiente para abastecer la demanda, adem谩s de que "la falta de productos disponibles alcanza a entre 30 y 60 por ciento" de la lista difundida por el Gobierno en los supermercados de grandes ciudades. Ante la falta de convenio escrito, asesores de la Secretar铆a de Comercio impulsan la idea de que las empresas firmen un contrato donde quede constancia de que se obligan a cumplir con el acuerdo. Es que, de otra manera, consideran que es muy dif铆cil que se pueda sancionar a las firmas por incumplimiento. Esto es as铆 ya que las empresas aceptaron congelar sus precios, pero advirtieron que ello ocurrir谩 siempre y cuando se cumplan determinadas circunstancias. Estas pueden llegar a ser subjetivas, por lo que un hecho puede ser relevante para una firma pero no para otra. Adem谩s, en caso de denuncia de faltantes de productos, podr谩n establecerse si la empresa cumpli贸 con el cupo comprometido solicit谩ndole informaci贸n de las planillas de distribuci贸n. En este sentido, el titular de la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL), Daniel Funes de Rioja, subray贸 que "cada empresa est谩 mirando" el incremento del d贸lar tras acordar el programa Precios Esenciales, mientras admiti贸 que "puede haber problemas puntuales" de abastecimiento de algunos art铆culos. Los empresarios remarcan que el programa se comenz贸 a calcular con un d贸lar a 43 pesos y en pocos d铆as lleg贸 a 47, aunque luego tuvo una peque帽a baja. Cu谩ndo corresponden las multas Las asociaciones de consumidores destacan que adem谩s de la Ley de Lealtad Comercial es probable que se pueda aplicar la Ley de Abastecimiento. El DNU que se dict贸 hace pocos d铆as indica que los comercios pueden ser multados por un monto equivalente a entre 1 y 10.000.000 de Unidades M贸viles (UM). El valor inicial de la UM fue establecido en 20 pesos en mayo de 2018 a trav茅s de la ley 27.442, y ser谩 actualizado autom谩ticamente cada a帽o en virtud de la variaci贸n del 脥ndice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC. En la actualidad, llega a los 200 millones de pesos. Como autoridad de aplicaci贸n, la Secretar铆a de Comercio Interior graduar谩 las sanciones seg煤n la gravedad de la infracci贸n y una serie de variables. En tanto, la Ley de Abastecimiento se aplica a todos los procesos econ贸micos relativos a bienes, prestaciones y servicios y toda otra etapa de la actividad econ贸mica vinculada directamente o indirectamente a los mismos. Esta norma, que fue aplicada por el kirchnerismo, permite establecer para cualquier etapa del proceso econ贸mico, m谩rgenes de utilidad, precios de referencia, niveles m谩ximos y m铆nimos de precios, o todas o algunas de estas medidas. Adem谩s, le permite al Gobierno disponer la fijaci贸n de cuotas m铆nimas de producci贸n y distribuci贸n. Esa ley permite castigar a quienes reval煤en existencias, nieguen o restrinjan injustificadamente la venta de bienes o desv铆en o discontinuaren el abastecimiento normal y habitual de una zona a otra sin causa justificada. En estos casos, las multas quedaron desactualizadas ya que la modificaci贸n de 2014 las estableci贸 entre los 500 y $10 millones. Este l铆mite podr谩 aumentarse hasta alcanzar el triple de la ganancia obtenida en infracci贸n. Adem谩s, podr谩 establecerse la clausura del establecimiento por un plazo de hasta 90 d铆as, entre otras. Si hay reincidencia, los l铆mites m谩ximos podr谩n elevarse hasta el doble de la sanci贸n originaria. Al igual que el DNU de Lealtad Comercial, indica que para la fijaci贸n de las sanciones, se tomar谩 en cuenta, la dimensi贸n econ贸mica de la empresa, la posici贸n en el mercado, el efecto e importancia socio-econ贸mica de la infracci贸n; el lucro generado con la conducta sancionada y su duraci贸n temporal y el perjuicio provocado al mercado o a los consumidores. De acuerdo a la ley de Abastecimiento, si el comercio obstruye o dificulta la acci贸n de los encargados de vigilar, controlar y aplicar la ley o no cumplan con los requerimientos de los organismos de aplicaci贸n, ser谩n pasibles de una multa de hasta $1 mill贸n. Mientras tanto, el Gobierno afirma que est谩 controlando y dice tener el respaldo de las normativas. Sin embargo, los expertos insisten: hay muchas "zonas grises" y la posibilidad de avanzar con sanciones -en caso de registrarse incumplimientos- podr铆a terminar naufragando. (iprofesional) |