¡FUERTE!!! Escrito presentado por Cristina al juez Bonadio
18-01-2026
25-02-2019 | TEXTO COMPLETO
隆FUERTE!!! Escrito presentado por Cristina al juez Bonadio
La senadora y ex presidente de la Naci贸n decidi贸 presentar un escrito por las 8 causas por las que fue citada este lunes a Comodoro Py.

Se帽or Juez:

Cristina Fern谩ndez de Kirchner, por mi propio derecho, en el marco de las causas N潞 9.608/2018, 3.710/2014, 10.456/2014, 13.816/2018, 13.820/2018, 18.590/2018, 15.386/2018 y 18.704/2018, todas del registro del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N潞 11, manteniendo el domicilio constituido en autos, digo:

1. En el d铆a de la fecha he sido convocada a prestar declaraciones indagatorias m煤ltiples y simult谩neas, en ocho supuestas investigaciones judiciales. As铆, y en una suerte de funci贸n de cine continuado, se pretende hacerme responsable, una vez m谩s, de la misma presunta asociaci贸n il铆cita por la cual ya estoy siendo investigada ante otro Juzgado de este fuero y ante dos Tribunales Orales.

Indudablemente, se trata de un hecho in茅dito en los anales de la jurisprudencia, que puede comprenderse en el marco de una persecuci贸n y ensa帽amiento al que s贸lo se atrevieron gobiernos totalitarios en tiempos en que el Estado de Derecho se encontraba suspendido. Aunque debo reconocer que en t茅rminos cinematogr谩ficos, esta pel铆cula merecer铆a recibir un Oscar por su originalidad.

2. B谩sicamente, esta nueva movida judicial tiene su origen en la a esta altura escandalosa y bochornosa "causa de las fotocopias", cuyos antecedentes pueden ser resumidos de la siguiente manera:

a. El expediente se inici贸 en base a simples fotocopias de unos supuestos cuadernos que nunca se vieron y que finalmente dijeron que hab铆an sido "quemados en la parrilla de un patio". Literal. Concretamente, seg煤n la versi贸n oficial, un ex miembro de las fuerzas de seguridad y confeso antikirchnerista se habr铆a apropiado de manera ilegal de estos supuestos cuadernos para entreg谩rselos a un periodista que, dijo, le inspiraba confianza.

b. El periodista elegido fue Diego Cabot del diario La Naci贸n -ambos, periodista y diario, furibundos antikirchneristas simpatizantes del gobierno de Cambiemos-, quien le llev贸 su supuesta investigaci贸n al fiscal Stornelli -acusado de extorsionar empresarios e imputados en esta misma causa-. Este cuestionado fiscal, violando todas las reglas vigentes en materia de competencia, decidi贸 formar actuaciones complementarias y entreg谩rselas al juez Bonad铆o, dando lugar a un caso obsceno de f贸rum shopping.

c. A partir de simples fotocopias, el juez orden贸 la detenci贸n de decenas de personas con el indisimulable prop贸sito de presionarlas y obligarlas a recitar un libreto que ya estaba armado, esto es: que los anteriores gobiernos constitu铆an una "asociaci贸n il铆cita". La suerte de quienes no se adhirieran a semejante maniobra fue graficada por Stornelli con la ya famosa frase "no habr谩 sortijas para todos", palabras que seguramente pasar谩n a la historia como muestra del descaro con el que se ha procedido en el expediente.

Eso s铆, a los familiares m谩s cercanos del Presidente de la Naci贸n no les fue necesario retirar sus sortijas en la Fiscal铆a de Stornelli, ya que 茅ste se las llev贸 personalmente a la Quinta Presidencial de Olivos. Como era obligatorio, mi defensa reclam贸 que se llevaran a cabo medidas probatorias para acreditar este vergonzoso episodio que fuera ampliamente difundido por los mismos medios de comunicaci贸n afines al gobierno, pero el juez no hizo lugar a tal petici贸n, bajo el siempre 煤til latiguillo de que la misma no era pertinente.

d. No obstante lo dispuesto de manera expresa en el art. 6 de la "Ley del arrepentido" (Ley N潞 27.304), el fiscal deliberadamente omiti贸 registrar por medios audiovisuales las declaraciones de los presuntos arrepentidos.

Hoy, y a la luz de los testimonios, declaraciones, grabaciones y otras pruebas que han surgido sobre la operatoria del Juzgado y la Fiscal铆a a cargo de Bonad铆o y Stornelli, respectivamente, est谩 m谩s que claro que se procedi贸 de esta manera para que no quedaran huellas de c贸mo estas personas fueron extorsionadas y sus manifestaciones tergiversadas y/o armadas, claro est谩, siempre en mi contra.

Sobre esta capital cuesti贸n, que no es una mera elucubraci贸n de mi parte, pues encuentra sustento en declaraciones p煤blicas formuladas por periodistas que jam谩s han tenido simpat铆a con mis posiciones pol铆ticas, tanto el juez como la C谩mara de Apelaciones rechazaron todas las medidas de prueba reclamadas, pese a los reiterados pedidos que fueron efectuados.

Es m谩s, en otra demostraci贸n de c贸mo se oculta la verdad y hasta qu茅 niveles han llegado los abusos de poder, el titular de este Juzgado formul贸 una denuncia en contra de quienes hicieron p煤blicas las pr谩cticas deleznables que se vienen cometiendo en la "causa de las fotocopias"; ello, con el p铆caro prop贸sito de bloquear la posibilidad de que los denunciados fueran citados como testigos. Llamativamente -o ya no tanto-, la denuncia de Bonad铆o recay贸 en el Juzgado de Ercolini, cuya funcionalidad para atender este tipo de emergencias se ha tornado una pr谩ctica bastante conocida.

Pero si alguna duda cupiere sobre la manipulaci贸n de las declaraciones de los arrepentidos, basta con recordar que el propio Stornelli, en una de sus habituales giras por las pantallas de la prensa oficialista m谩s recalcitrante, reconoci贸 que omit铆a consignar fielmente en las actas todo lo que, supuestamente, le dec铆an estas personas sometidas al r茅gimen del "imputado colaborador".

e. En el marco de procedimientos espectaculares con los que se capt贸 la atenci贸n p煤blica durante varios d铆as, mis domicilios de la ciudad de Buenos Aires, R铆o Gallegos y El Calafate fueron allanados, con el augurio de que ser铆an encontradas b贸vedas, compartimientos secretos y varios millones de d贸lares que habr铆an transitado a trav茅s de los circuitos de la corrupci贸n.

Nada de ello ocurri贸.

Sin embargo, para que la decepci贸n fuera disimulada, Bonad铆o orden贸 el secuestro de un mont贸n de elementos que nada tienen que ver con el proceso, haciendo caso omiso a las instrucciones impartidas por el Senado de la Naci贸n cuando, incluso con mi voto afirmativo, autoriz贸 la medida.

Ni siquiera se salvaron los atributos presidenciales que N茅stor Kirchner y la suscripta recibi茅ramos al haber sido elegidos democr谩ticamente como titulares del Poder Ejecutivo de la Naci贸n.

f. En este contexto, pese a que no exist铆a prueba alguna en mi contra y sin posibilidad de ejercer m铆nimamente el derecho de defensa en juicio, fui procesada, naturalmente, por el delito de asociaci贸n il铆cita, al que se le sumaron, como dijo Bonad铆o "m谩s o menos as铆" otros supuestos delitos.

Tal resoluci贸n fue confirmada por la Sala I de la C谩mara de Apelaciones, integrada por jueces que tambi茅n fueron colocados a dedo por el gobierno de turno, quienes cumplieron al pie de la letra las instrucciones que, seg煤n lo inform贸 la prensa, les fueron impartidas desde la mesa judicial de la alianza gobernante: ratificaron que soy la jefa de la asociaci贸n il铆cita, dejaron dentro de ella a un grupo de funcionarios y algunos empresarios y beneficiaron al resto de los hombres de negocios, quienes dieron a entender que fue nuestro gobierno el que les "ense帽贸 a cartelizarse en la obra p煤blica" y que pagaron sobornos por haber sido "v铆ctimas" de coacci贸n.

Dentro de esta 煤ltima particular especie se encuentran familiares directos del Presidente de la Naci贸n y varios importantes empresarios afines.

3. Como la "causa de las fotocopias", en forma paulatina, fue perdiendo el impacto que se esperaba ante la opini贸n p煤blica, se recurri贸 a tres nuevos inventos, a saber:

a. A partir de la "causa de las fotocopias" se abrieron otras l铆neas de supuestas investigaciones para formar nuevas causas que el Juzgado retuvo para s铆, violando otra vez y de manera descarada las reglas de competencia.

b. En otros casos, pretendiendo aparentar alguna prolijidad, extrajeron testimonios de esa misma causa para que se investigaran otros supuestos delitos por ante el Juzgado que resultara sorteado. 驴Y qu茅 pas贸 aqu铆?: que el Juzgado sorteado fue el de Bonad铆o.

c. Finalmente echaron mano de supuestas pruebas que aparecieron de manera "espont谩nea" en la Fiscal铆a de Stornelli que luego metieron en otros procesos, naturalmente en tr谩mite ante el Juzgado de Bonad铆o, para construir artificiosamente una imputaci贸n en mi contra.

As铆 se pretendi贸 dar contenido para que en ocho causas fuese citada a prestar declaraci贸n indagatoria en forma simult谩nea y continuada. Un verdadero mamarracho.

4. Ahora bien, desde un punto de vista procesal (aunque la aplicaci贸n de la ley a estos operadores judiciales, por lo visto, nada les interesa) resulta evidente que tales citaciones devienen nulas. Ello, no s贸lo porque se encuentran contaminadas por la invalidez del proceso de origen -la "causa de las fotocopias"-, sino porque en s铆 mismas carecen de todo sustento y de manera alguna justifican el estado de sospecha que requiere la ley adjetiva para proceder de tal manera (art. 294 del CPPN).

Concretamente, sacaron fotocopias de la causa de las fotocopias, recibieron declaraci贸n a curiosos personajes que se presentan "espont谩neamente" en la fiscal铆a de Stornelli, solicitaron algunos papeles al Poder Ejecutivo de la Naci贸n y con todo ello (es decir, nada) me convocaron a prestar declaraci贸n indagatoria en ocho causas distintas, sin explicar tan siquiera en una sola l铆nea el motivo de estas citaciones. 

Naturalmente, ejercer el derecho de defensa en juicio en estas condiciones resulta una utop铆a; mucho peor a煤n si, diga lo que diga, el dictado de un procesamiento en mi contra ya est谩 definido.

5. De todas maneras, y a efectos de dejar debidamente asentadas las irregularidades que se siguen cometiendo, no es ocioso efectuar una breve referencia sobre cada uno de los procesos a los que debo comparecer en el d铆a de la fecha. Ello, sin perjuicio de los planteos que mi defensa t茅cnica habr谩 de efectuar oportunamente.

Veamos.

a. Causa N潞 9608/2018. En la "causa de las fotocopias" ya fui indagada en dos oportunidades, se dispuso mi procesamiento y prisi贸n preventiva, se solicit贸 mi desafuero y se trab贸 un embargo millonario.

Sin perjuicio de ello, vuelvo a ser convocada en esta causa, por tercera vez, aparentemente para que se me impute el mismo delito imaginario de siempre (ser jefa de la asociaci贸n il铆cita) o bien para que se sume a la acusaci贸n alguna nueva manifestaci贸n extra铆da a otro arrepentido.

Al respecto, me remito a todas las defensas que fueron oportunamente interpuestas, las cuales actualmente se encuentran a conocimiento de las instancias judiciales superiores.

b. Causa N潞 10.456/2014. Se trata del proceso p煤blicamente conocido como "gas licuado". Esta convocatoria no solo constituye un caso paradigm谩tico de arbitrariedad, sino adem谩s deja al descubierto la forma en que se gestan estas causas pseudo-judiciales, a saber:

El 8 de marzo del a帽o pasado la C谩mara de Apelaciones del fuero revoc贸 todos los procesamientos dictados en esta causa y dispuso la falta de m茅rito de todos los imputados, dado que la decisi贸n de Bonad铆o, impulsada por Stornelli, se basaba en una pericia falsa. S铆, tal cual se lee: jueces y fiscales armando causas y metiendo gente presa con pericias falsas.

En tal ocasi贸n se se帽al贸 lo siguiente:

"Contradicciones, olvidos, confusiones 鈥 Esos son los d茅ficits del peritaje elaborado por quien deb铆a ser un experto en la materia. Evidentemente tales conceptos est谩n muy alejados de la demostraci贸n de pericia en su actuar.

Pero las cr铆ticas no se reducen a ellos. A la par existen otros m谩s preocupantes que ya no revelan s贸lo yerros. Antes bien, hablan de falsedades.

Por un lado, varias defensas demostraron ante el Tribunal -luego de una minuciosa exploraci贸n del mundo virtual- que muchos de los pasajes del informe de David Cohen eran copia literal de diferentes documentos obtenidos de Internet y no me refiero con ello a sitios web de revistas especializadas que la comunidad cient铆fica consulta y que atesora con mezquindad. Me refiero a p谩ginas de libre acceso y consulta, dirigidas al p煤blico en general, con el rigor acad茅mico que ello supone.

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Sin embargo, la apelaci贸n a tal recurso no se detuvo all铆. En lo que refiere al tema m谩s delicado, ese cuyos resultados generaron la alarma del ministro Aranguren, el `perito` acudi贸 a otra herramienta. Esta vez, una presentaci贸n de estudiantes universitarios chilenos.

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La natural inferencia de todo lo se帽alado impone un nuevo orden en este 谩mbito, y con ello, un nuevo horizonte. El peritaje de Cohen, gravitante como era para formular el reproche dirigido a los imputados, en su ca铆da derrumba con igual fuerza el escenario montado. Y esto no lo digo yo.

El mismo juez de grado en su pronunciamiento coloc贸 en un sitio de privilegio dicho informe pericial, tornando al resto de las probanzas en meros sat茅lites indiciarios de lo que s贸lo Cohen pudo fusionar. Y ya vimos en qu茅 t茅rminos.

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Es todo lo dicho hasta aqu铆 lo que revela claramente que la imputaci贸n formulada contra las diversas personas procesadas en autos se edifica en pilares que carecen de la m谩s m铆nima solidez.

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La inc贸gnita perdura y, por tanto, la necesidad de una investigaci贸n seria que le d茅 una respuesta. De ah铆, que corresponda iniciar genuinamente esa tarea, que debe principiar, como es debido, mediante la confecci贸n de un peritaje comprometido con la b煤squeda de la verdad".

Pero las arbitrariedades no cesaron.

Pese a lo dispuesto por la C谩mara y al resultado favorable que arroj贸 una nueva pericia que desment铆a la imputaci贸n, la investigaci贸n del juez y del fiscal continu贸 por el camino de la falta de seriedad absoluta.

En efecto, el 5 de noviembre del a帽o pasado se present贸 "espont谩neamente" en la Fiscal铆a de Stornelli el ahora no abogado y no experto en delitos complejos Marcelo D`Alessio. Todo desopilante.

Seg煤n consta en la declaraci贸n obrante en la causa, D`Alessio, quien bajo juramento declar贸 ser abogado, aport贸 documentos que supuestamente corroborar铆an el pago de sobreprecios en la importaci贸n de buques con gas licuado. Adem谩s, el falso abogado al que tanto cr茅dito, por lo visto, le dieron Bonad铆o y Stornelli, lisa y llanamente me atribuy贸 haberme interesado en tal supuesto negocio, dando instrucciones para que el ENARSA aprobara unas p贸lizas de seguro que no habr铆an resultado convenientes en t茅rminos de costos y beneficios para dicha empresa.

El 12 de noviembre, Stornelli abri贸 una vez m谩s su Fiscal铆a a D`Alessio, para que 茅ste ampliara su declaraci贸n, aportara nuevos documentos y "ratificar todo el contenido vertido en la entrevista que tuv[o] con el periodista Daniel Santoro a efectos de brindar la informaci贸n veraz contenida en lo que form贸 su libro `El Mecanismo`". 隆Bingo! Stornelli con el falso abogado y el "periodista estrella" de Clar铆n, experto en "investigaciones." A esta causa no le falta nada.

Con estas 煤nicas nuevas "pruebas", aportadas por un sujeto a quien ahora el fiscal califica de "enfermo psiqui谩trico", el juez volvi贸 a convocar a prestar declaraci贸n indagatoria a las mismas veinticinco personas cuyos procesamientos hab铆an sido revocados por la C谩mara de Apelaciones y, adem谩s, me incluy贸 en la imputaci贸n. 驴Se entiende que Bonad铆o me est谩 citando a indagatoria en base a los dichos de Marcelo D麓Alessio? S铆, Bonad铆o utiliza la declaraci贸n de un personaje que fue filmado, grabado, fotografiado y "whatsappeado" con Stornelli, pidiendo coimas en la causa de las "fotocopias de los cuadernos". Un esc谩ndalo nunca visto.

Ello as铆, pese a que nunca hab铆a sido mencionada en la causa antes de la declaraci贸n de D`Alessio y cuando claramente el hecho que se dice investigar resulta ajeno a las esferas de competencia de la Presidencia de la Naci贸n.

Para que se entienda, luego de cinco a帽os de tr谩mite de esta causa, en la que se llev贸 a cabo una pericia falsa -valorada por el juez como si se tratara de una joya de la ciencia- y a partir de la declaraci贸n de quien ahora es calificado como "enfermo psiqui谩trico", debo afrontar un nuevo proceso penal, sin siquiera saber de qu茅 se me est谩 acusando.

En suma, como lo dije anteriormente, se trata de una convocatoria que carece de toda seriedad.

S贸lo debo reiterar que el supuesto pago de sobreprecios en la importaci贸n de buques con GNL ya sufri贸 un severo traspi茅 con la resoluci贸n adoptada por la Sala I de la C谩mara de Apelaciones, cuando revoc贸 los procesamientos que hab铆an sido dictados; adem谩s, se trata de transacciones en las que no tuve ning煤n tipo de intervenci贸n, ya sea directa o indirecta, y no existe un solo elemento de prueba que me vincule tan siquiera remotamente con estos hechos.

c. Causa N潞 3.710/2014. Se trata de un sumario iniciado en el a帽o 2014 a partir de una nota del periodista Diego Cabot -otra vez, 驴Otro Santoro?-, en la cual se afirmaba que varias empresas de colectivos habr铆an recibido subsidios millonarios de manera injustificada. Ello as铆, pues supuestamente presentaban declaraciones juradas en las que consignaban que recorr铆an una cantidad de kil贸metros mayor a la real.

En esta causa Bonad铆o tambi茅n hab铆a ordenado procesamientos a discreci贸n, los cuales fueron revocados por la C谩mara de Apelaciones en virtud de su orfandad probatoria. Sin embargo, la causa no se cerr贸 y, como de costumbre, la seriedad de la investigaci贸n brill贸 por su ausencia.

Ahora bien, la excusa para convocarme a prestar declaraci贸n indagatoria en este proceso, en el cual tampoco hab铆a sido mencionada a lo largo de cinco a帽os, consisti贸 en afirmar que las pruebas reunidas en la "causa de las fotocopias" (nunca se dijo cu谩les) ser铆an "suficientes para configurar el estado de sospecha requerido por el art. 294 del CPPN".

Es decir, a diferencia del caso anterior, aqu铆 ni siquiera encontraron un D`Alessio que falsamente me imputara, sino que  recurrieron al procedimiento antes mencionado de sacar fotocopias de la "causa de las fotocopias" y, sin mayores explicaciones, me vincularon con la causa.

Nuevamente, la falta de seriedad de todo este procedimiento salta a la vista.

Frente a esta nueva imputaci贸n falsa en mi contra, que adem谩s carece de los requisitos que exige la ley procesal, s贸lo corresponde se帽alar que no tengo relaci贸n alguna con las supuestas irregularidades que se investigan, cuya verificaci贸n resulta ajena, de manera manifiesta, a las competencias propias de la Presidencia de la Naci贸n.

Es m谩s, si nos atenemos a los dichos del denunciante, las supuestas irregularidades pudieron ser advertidas a partir de una medida que fue implementada por mi propio gobierno, esto es, la instauraci贸n del sistema SUBE en las distintas l铆neas de colectivo; esto es lo que habr铆a permitido que se pudiera verificar que las declaraciones de las empresas en cuanto a kil贸metros efectivamente recorridos no se habr铆an ajustado a la verdad. Como nota de color, cabe se帽alar que dicha medida, la implementaci贸n de la tarjeta SUBE, fue combatida medi谩ticamente por los grandes medios de comunicaci贸n, que hab铆an instalado en la cabeza de la gente que con la tarjeta los 铆bamos a "vigilar". 隆Incre铆ble!

Nuevamente, y para que se entienda: se me convoca a prestar declaraci贸n indagatoria por supuestas irregularidades en las que obviamente no pude haber tenido intervenci贸n alguna y que solo habr铆a sido posible descubrir en base a las medidas adoptadas por mi propio gobierno. Es m谩s, soy jefa de una asociaci贸n il铆cita que recauda dinero por subsidios a colectivos y yo misma dispongo una medida para que el supuesto delito quede en evidencia.

En pocas palabras, se trata de un verdadero disparate.

d. Causa N潞 13.820/2018. Este expediente se inici贸 como un desprendimiento de la "causa de las fotocopias"; nunca fue enviado a la Oficina de Sorteos y se conform贸 a partir de copias de supuestas declaraciones de arrepentidos.

Su objeto ser铆a investigar presuntos pagos ilegales efectuados por distintos empresarios ferroviarios, con el fin de mantener sus concesiones y obtener subsidios estatales.

Si nos atenemos a la manera en que han sido indagados varios de los imputados, el hecho es contado de la siguiente manera:

I.- Se conform贸 una asociaci贸n il铆cita desde principios del a帽o 2003 hasta noviembre del a帽o 2015 cuya finalidad habr铆a sido organizar un sistema de recaudaci贸n de fondos para recibir dinero ilegal, para enriquecerse y  utilizar parte de esos fondos en la comisi贸n de otros delitos.

II.- La asociaci贸n il铆cita, como siempre, fue comandada por N茅stor Kirchner y Cristina Elisabet Fern谩ndez.

III.- Concretamente, "en el 谩rea de transportes, durante el per铆odo comprendido entre el 1潞 de junio de 2003 y el 31 de mayo de 2012, los cobros eran recaudados por Ricardo Ra煤l Jaime y Juan Pablo Schiavi, en sus condiciones de Secretarios de Transporte; ambos dependientes del Ministro de Planificaci贸n Federal, Julio Miguel De Vido. En esta 谩rea, las personas a cargo de las empresas concesionarias de los ferrocarriles pagaban a los nombrados Jaime y Schiavi entre un 5% y un 30% de los subsidios entregados por el Estado Nacional". 

 As铆 las cosas, saltan a la vista dos graves inconsecuencias, a saber:

a. Desde lo jur铆dico, vuelvo a ser indagada por la misma supuesta asociaci贸n il铆cita por la que ya estoy procesada en la "causa de las fotocopias", imputada en la denominada "causa madre" (Expte. N潞 15.734/2008) y acusada ante dos Tribunales Orales (causa N潞 3732/2016 -"Los Sauces"- y causa N潞 5048/2016 -"Obra P煤blica"-).

Nuevamente, vuelvo a superar el r茅cord que registran los anales de la jurisprudencia en cuanto a violaci贸n de la garant铆a del ne bis in 铆dem: me persiguen por el mismo delito de asociaci贸n il铆cita en tantos procesos que ya es imposible registrar una cuenta exacta.

b. Desde lo f谩ctico, a la luz de la imputaci贸n precedente, resulta inexplicable el recorte temporal que se invoca con relaci贸n a los pagos que habr铆an efectuado los concesionarios ferroviarios, los cuales, se afirma, habr铆an dejado de existir en el a帽o 2012. 驴Est谩 claro que fui presidenta hasta el a帽o 2015, no?

Para que se entienda, si soy jefa de una asociaci贸n il铆cita destinada a recaudar dinero durante un tiempo que coincide con mis dos per铆odos presidenciales, 驴cu谩l es la raz贸n por la cual esta misma supuesta pr谩ctica dej贸 de llevarse a cabo con los mismos empresarios que mantuvieron sus concesiones incluso hasta la finalizaci贸n de mis mandatos?

La inconsistencia del cargo, al igual como ocurre en el caso de los subsidios a los colectivos, me exime de mayores comentarios.

En suma, dado que la imputaci贸n, como siempre, es absolutamente difusa, il贸gica y arbitraria, forzoso es concluir que jam谩s orden茅 ni recib铆 ning煤n pago ilegal por parte de los concesionarios ferroviarios, con quienes adem谩s tampoco mantuve ning煤n tipo de relaci贸n personal o funcional.

e. Causa N潞 13.816/2018. Se dan aqu铆 las mismas irregularidades antes relatadas. Concretamente, se trata de otro desprendimiento de la "causa de las fotocopias", no se realiz贸 sorteo alguno para designar al juez que deb铆a entender en el caso y el expediente se form贸 con copias de las supuestas confesiones de algunos arrepentidos, a la cual se agregaron, para juntar papeles, impresiones de actos de gobierno e informes irrelevantes referidos a m谩s de cien empresas contratistas del Estado.

En este proceso se estar铆an investigando presuntos pagos ilegales efectuados por empresas vinculadas a la obra p煤blica civil.

Aqu铆 se me acusa, una vez m谩s, de haber liderado una supuesta asociaci贸n il铆cita y tampoco se precisa cu谩l habr铆a sido mi participaci贸n en los cientos de presuntos actos delictivos a los que gen茅ricamente se hace referencia en el expediente. Todo se resume al supuesto car谩cter de jefe de tal imaginaria asociaci贸n, de la que no existe por cierto evidencia alguna.

En estas condiciones, como ya lo advert铆, desarrollar el derecho de defensa en juicio resulta imposible, debiendo limitarme naturalmente a se帽alar que se trata de una nueva imputaci贸n calumniosa en mi contra.

f. Causa N潞 18.590/2018. Al igual que los dos casos anteriores, se trata de otro expediente derivado de la "causa de las fotocopias", en la cual se estar铆an investigado presuntos pagos ilegales efectuados por concesionarios viales.

Aunque parezca incre铆ble -o ya no tanto-, el Juzgado volvi贸 a sacar copias de supuestas confesiones de algunos arrepentidos para conformar una nueva causa, imprimi贸 decretos y resoluciones administrativas, agreg贸 informes insustanciales relativos a varias empresas y, sin m谩s, orden贸 mi convocatoria en los t茅rminos del art. 294 del CPPN, acus谩ndome nuevamente de haber liderado la misma supuesta asociaci贸n il铆cita.

En consecuencia, me remito a las consideraciones efectuadas en los casos anteriores, en cuanto a la negativa sobre los cargos que se formulan y sus manifiestas irregularidades e inconsistencias.

g. Causa N潞 15.386/2018. En el marco de uno de los allanamientos arbitrarios ordenados en la "causa de las fotocopias" se habr铆an secuestrado documentos hist贸ricos que seg煤n Bonad铆o "no podr铆an estar en manos de particulares". Ello cual dio lugar a la formaci贸n de un nuevo expediente que fue enviado a la Oficina de Sorteos y, oh casualidad, recay贸 en el Juzgado de Bonad铆o.

Por medio de mi defensa recus茅 a Bonad铆o, dado que el juez no puede investigar los mismos hechos que 茅l mismo denunci贸 -la extracci贸n de testimonios para investigar un nuevo hecho es una denuncia, en los t茅rminos del art. 177 del CPPN-, pero el planteo fue rechazado.

Lo ins贸lito es que en el marco de otro de los expedientes que se vinculan con la "causa de las fotocopias" Bonad铆o orden贸 extraer testimonios para investigar un presunto hecho delictivo atribuido al juez Luis Rodr铆guez y, una vez que el expediente recay贸 en su Juzgado, previo sorteo de ley, se excus贸 para entender en la causa, alegando que lo actuado previamente implicaba "una toma de posici贸n respecto de los sucesos que impiden poder decidir que asuma la investigaci贸n con la objetividad que deber铆a tenerse".

Es decir, frente a dos situaciones id茅nticas, Bonad铆o retuvo para s铆 la investigaci贸n dirigida en mi contra -ordenando mi indagatoria- y se excus贸 para entender en la causa que tiene como imputado a uno de sus colegas de Comodoro Py.

Ahora bien, como hab铆a que generar una noticia de impacto (Cristina fue convocada a prestar declaraci贸n indagatoria en ocho causas), el juez ni siquiera aguard贸 a la finalizaci贸n de los estudios periciales relativos a estos documentos y as铆, de un d铆a para el otro, orden贸 mi citaci贸n.

Esta s茅ptima acusaci贸n resulta absolutamente falsa, a lo que se suma que el hecho que se me imputa ni siquiera constituye delito, pues jam谩s tuve dolosamente en mi poder documentos ajenos o que debieran ser resguardados por alguna autoridad competente.

h. Causa N潞 18.704/2018.  Finalmente, fui convocada a prestar declaraci贸n indagatoria en esta octava causa, en la que se afirma que se utiliz贸 la flota a茅rea presidencial de manera irregular, con el prop贸sito de enviar diarios y una serie de muebles a la provincia de Santa Cruz.

Esta versi贸n no es novedosa, ya que desde hace a帽os, siempre los mismos denunciantes y siempre los mismos medios de comunicaci贸n, vienen repitiendo la misma versi贸n que, incluso para algunos, adquiri贸 el car谩cter de leyenda.

Al igual que el caso anterior, Bonad铆o interviene ileg铆timamente en esta investigaci贸n, iniciada en base a supuestas pruebas recabadas en la "causa de las fotocopias" y, sin mayor tr谩mite, dispuso mi citaci贸n en los t茅rminos del art. 294 del CPPN.

Como las ilegalidades nunca cesan, en este caso se impidi贸 que mi defensa compulsara las actuaciones, intentando entorpecer, una vez m谩s, el derecho que asiste a toda persona imputada en una causa penal.

As铆 las cosas, con relaci贸n a esta acusaci贸n debo enfatizar que jam谩s, ni N茅stor Kirchner ni la suscripta, utilizamos los bienes del Estado en nuestro propio provecho o fuera de lo que importaba el cumplimiento de funciones oficiales. Quien afirme lo contrario indudablemente miente, y cuando las actuaciones lleguen a una instancia oral y p煤blica, espero que ante Tribunales imparciales, ello quedar谩 debidamente desvirtuado.

6. Recapitulando, el cuadro de situaci贸n es el siguiente:

a. Se han armado un mont贸n de causas para poder citarme a prestar declaraci贸n indagatoria y luego procesarme, generando noticias de alto impacto medi谩tico.

b. En ning煤n caso existen pruebas que me vinculen con los supuestos delitos que se dicen investigar y que, por ende, justifiquen el estado de sospecha que exige la ley procesal para llevar a cabo tales citaciones.

c. En la mayor铆a de los procesos vuelvo a ser indagada por ser la presunta jefa de una misma asociaci贸n il铆cita que se habr铆a dedicado a cometer delitos entre los a帽os 2003 y 2015.

Lo cierto es que a lo largo de todo ese per铆odo solamente fui la titular, junto con N茅stor Kirchner, de gobiernos elegidos democr谩ticamente por el pueblo argentino en tres elecciones consecutivas, que tuvieron como principal objetivo otorgar derechos a los sectores m谩s postergados de nuestra sociedad.

d. No obstante todas las arbitrariedades perpetradas por el juez y el fiscal, no consiguieron una sola prueba -porque no existe- que demuestre que recib铆 coimas por parte de contratistas del Estado o que comet铆 delitos en el ejercicio de la funci贸n p煤blica.

e. Han quedado en evidencia las grav铆simas irregularidades -por no decir verdaderas actividades delictivas- que fueron llevadas a cabo por el juez y por el fiscal para tratar de inventar pruebas en mi contra.

Tanta ha sido la impudicia de semejante proceder que estos operadores judiciales quedaron atrapados en su propia torpeza. La utilizaci贸n como elemento de prueba de lo declarado por D`Alessio es una muestra irrefutable de los niveles de descomposici贸n a los que se ha llegado.

En rigor de verdad, ello s贸lo es la punta del hilo que parece conectar a abogados, esp铆as, periodistas, jueces, fiscales y defensores oficiales, cuya actuaci贸n descontrolada pone en serio riesgo no s贸lo el funcionamiento de la justicia, sino tambi茅n la vigencia del sistema democr谩tico. Finalmente, y a la luz de los hechos que son de p煤blico y notorio conocimiento, estar铆amos ante verdaderas organizaciones delictivas que utilizan el poder de un sistema judicial con r茅moras mon谩rquicas que articul谩ndose con lo medi谩tico han convertido en un verdadero lodazal la actividad judicial. Todo ello, m谩s temprano que tarde, deber谩 ser seriamente investigado por jueces y fiscales independientes, que cumplan con los deberes que les han sido confiados.

Tener presente lo expuesto y proveer de conformidad,

SER脕 JUSTICIA.(CFK)