06-05-2024
03-03-2018 | PARA "PREVENIR CONFLICTOS"
Fijaron l铆mites para matrimonios y familiares dentro de las fuerzas de seguridad
El Ministerio de Seguridad justifica esta decisi贸n al considerar que "se hace necesario regular ese tipo de situaciones con la finalidad de prevenir conflictos, y en beneficio de la eficiencia del servicio" que prestan las fuerzas policiales.

El Poder Ejecutivo estableci贸 que los efectivos de las fuerzas de seguridad que est茅n casados o sean parientes hasta un tercer grado de consanguinidad no podr谩n servir juntos en una misma unidad, seg煤n una resoluci贸n publicada ayer en el Bolet铆n Oficial.

Se trata de la normativa 153/2018 del Ministerio de Seguridad, que incluye a los agentes que est茅n casados, los padres, hijos, hermanos, abuelos, bisabuelos, nietos, bisnietos, t铆os y sobrinos.

La resoluci贸n, firmada por la ministra Patricia Bullrich, sostiene que los efectivos "no podr谩n revistar (juntos) cuando exista una relaci贸n de subordinaci贸n directa", o cuando se encuentren "bajo dependencia directa del mismo superior jer谩rquico".

El Ministerio de Seguridad justifica esta decisi贸n al considerar que "se hace necesario regular ese tipo de situaciones con la finalidad de prevenir conflictos, y en beneficio de la eficiencia del servicio" que prestan las fuerzas policiales.

Cuando exista un matrimonio o uni贸n de hecho entre dos integrantes de un cuerpo de seguridad, la norma contempla que "deber谩n revistar en destinos cercanos, a no m谩s de 60 kil贸metros de distancia" con el prop贸sito de "permitir el encuentro diario".

"Toda excepci贸n a las reglas de esta resoluci贸n deber谩 ser autorizada por la m谩xima autoridad de la fuerza respectiva, a pedido de los efectivos ligados por los v铆nculos referidos o de la autoridad de la fuerza que deba disponer su destino", sostiene la resoluci贸n publicada en el Bolet铆n Oficial.