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27-02-2018 | TEMA DE AGENDA | |||
El Gobierno estableció los feriados para 2018 y 2019: los "puente" serán optativos | |||
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La ley 27.399, que fue promulgada semanas atrás, habilitó al Poder Ejecutivo a fijar hasta tres feriados puente por año para promover la actividad turÃstica. La norma, además, establece que los feriados trasladables cuyas fechas coincidan con los dÃas martes y miércoles pueden ser trasladados al dÃa lunes anterior y, aquellos que caigan jueves y viernes, al lunes siguiente. A través del decreto 923/2017, que fue publicado en el BoletÃn Oficial de este viernes con la firma del presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Turismo, José Gustavo Santos, se comunicó que serán dÃas no laborables puente los dÃas 30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre. Son tres lunes que anteceden a los feriados del DÃa del Trabajador, Navidad y Año Nuevo, respectivamente. El mismo texto adelanta los dÃas que oficiarán de puente en 2019: 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre. Un detalle importante es que "dÃa no laborable" no equivale a "feriado". A diferencia de un feriado, en los "no laborables" los empleadores tienen la potestad para decidir si sus empleados trabajan o no, y quienes trabajen no tienen derecho a percibir un plus salarial. Dos ejemplos de "dÃa no laborable" son los jueves santos o los 24 de diciembre, fecha en la que algunos rubros no trabajan (finanzas, escuelas, seguros), pero otras ramas de la economÃa lo hacen de forma normal (comercios, gastronómicos, transporte). El ministro de Turismo destacó la importancia de los fines de semana largos para la economÃa nacional: "Representan el 27,5% de los viajes que realizan los argentinos durante el año y esto se refleja en empleo genuino y en el derrame en las economÃas regionales". "El objetivo de nuestra gestión es tener un promedio de 9 fines de semana largos por año, ya que son útiles y responden a una nueva demanda del turista que estila realizar varias escapadas durante el año", señaló el ministro Santos luego de que se oficializara el cronograma de feriados. La norma, sancionada por el Congreso a fines de septiembre, fue impulsada por el legislador por Misiones Maurice Closs con la intención de fomentar el turismo interno. Si bien los feriados puente habÃan sido eliminados por un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en enero pasado, la propuesta de Closs contó con el apoyo del oficialismo. Más allá del esquema de feriados, la ley 27.399 establece como dÃas no laborables para quienes profesen la religión judÃa los dÃas del Año Nuevo JudÃo (Rosh Hashana), dos (2) dÃas, el DÃa del Perdón (Iom Kipur), un (1) dÃa, y de la Pascua JudÃa (Pesaj) los dos (2) primeros dÃas y los dos (2) últimos dÃas. Por otra parte, fija como dÃas no laborables para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión islámica, el dÃa del Año Nuevo Musulmán (Hégira), el dÃa posterior a la culminación del ayuno (Id Al-Fitr); y el dÃa de la Fiesta del Sacrificio (Id Al-Adha).
Los trabajadores que no prestaren servicios en las festividades religiosas mencionadas "devengarán remuneración y los demás derechos emergentes de la relación laboral como si hubieren prestado servicio", dice el texto. "El Poder Ejecutivo nacional desarrollará campañas de difusión destinadas a promover la reflexión histórica y concientización de la sociedad sobre el valor sociocultural de los feriados nacionales conmemorativos de próceres o acontecimientos históricos, por medios adecuados y con la antelación y periodicidad suficientes", indica la ley. FINES DE SEMANA LARGOS PARA EL 2018 (resaltados, los puentes) 1) Lunes 1 de enero 2) Carnaval: 12 y 13 de febrero 3) Semana Santa: 29 y 30 de marzo + 2 de abril (forman un fin de semana de 5 dÃas) 4) Lunes 30 de abril + martes 1 de mayo (no laborable) 5) Viernes 25 de mayo 6) Lunes 9 de julio 7) Lunes 20 de agosto 8) Lunes 15 de octubre 9) Lunes 19 de noviembre 10) Lunes 24 de diciembre + 25 de diciembre (no laborable)
FINES DE SEMANA LARGOS PARA EL 2019 (resaltados, los puentes) 1) Lunes 31 de diciembre + 1 de enero (no laborable) 2) Carnaval: 4 y 5 de marzo 3) Semana Santa: 18 y 19 de abril 4) Lunes 17 de junio 5) Lunes 8 de julio + 9 de julio (no laborable) 6) Lunes 19 de agosto (no laborable) 7) Lunes 14 de octubre (no laborable) 8) Lunes 18 de noviembre (Infobae) |