20-04-2024
17-02-2018 | homicidio agravado
La Sala VI de la C谩mara Nacional en lo Criminal y Correccional confirm贸 el procesamiento de Luis Oscar Chocobar
Lo resolvi贸 la Sala VI de la C谩mara Nacional en lo Criminal y Correccional. El Tribunal modific贸 la calificaci贸n legal por la de homicidio agravado por la utilizaci贸n de un arma de fuego en exceso en el cumplimiento de un deber.
La Sala VI de la C谩mara Nacional en lo Criminal y Correccional resolvi贸 dejar firme la medida que dict贸 en enero el juez de Menores 1, Enrique Vel谩zquez, y desech贸 la apelaci贸n de la defensa de Chocobar, que hab铆a pedido su sobreseimiento por leg铆tima defensa. Los jueces Julio Lucini, Rodolfo Pociello Argerich y Mariano Gonz谩lez Palazzo s贸lo hicieron lugar a revocar el embargo de 400.000 pesos en contra del efectivo, pero modificaron levemente el delito que le imputan, que ahora es "homicidio agravado por la utilizaci贸n de un arma de fuego, en exceso en el cumplimiento de un deber".

Sin embargo, el C贸digo Penal establece la misma pena para este delito y el homicidio con exceso en la leg铆tima defensa, de seis meses a cinco a帽os de prisi贸n, como el homicidio culposo, cometido por impericia o imprudencia. Los camaristas adem谩s sugirieron realizar una "reconstrucci贸n del hecho con presencia de los organismos periciales pertinentes e integrantes del Cuerpo M茅dico Forense para que se establezcan claramente" las circunstancias en las que termin贸 muerto el ladr贸n Juan Pablo Kukoc (18).

En el fallo, los jueces dijeron que el polic铆a no quiso matar a Kukok, que le dispar贸 a las piernas y que posiblemente lo que ocurri贸, aunque debe profundizarse la investigaci贸n, es que en ese momento, el ladr贸n se agach贸 y por eso uno de los balazos le ingres贸 por arriba de la cintura. En definitiva, se帽alaron que "no lo hizo cuando el imputado estaba detenido o en posici贸n m谩s favorable para que fueran letales" los disparos.

Respecto al accionar del polic铆a, el fallo dice: "Nuestro sistema jur铆dico no coloca en pie de igualdad en el castigo al sujeto que pretende quitar la vida a una persona con aqu茅l que provoca ese resultado sin intenci贸n y en el marco de una actuaci贸n funcional, porque el grado de injusto es menor. Pero obtenerlo en un exceso de su ejercicio no necesariamente lo exime de sanci贸n y, en ese convencimiento, con ese alcance y aun desde otra 贸ptica, compartimos lo resuelto por el juez de grado".

"Esta alzada sugiere se realice la reconstrucci贸n del hecho con presencia de los organismos periciales pertinentes e integrantes del Cuerpo M茅dico Forense para que se establezca claramente la distancia de los disparos y en qu茅 谩ngulos habr铆an ingresado en el cuerpo de Kukoc, entre otros puntos que complemente el Juez como de inter茅s", indica el fallo.