OTRANS La Plata calificó a Justicia como discriminatoria tranfóbica y xenófoba por detención a travesti peruana que tenía 1 gramo de cocaína
07-07-2025
12-05-2016 | LUCHA POR UNA COMPAÑERA DETENIDA, CONVOCAN A UNA MARCHA
OTRANS La Plata calificó a Justicia como discriminatoria tranfóbica y xenófoba por detención a travesti peruana que tenía 1 gramo de cocaína

OTRANS La Plata emitió un comunicado  ante lo que entienden como un" fallo 'aleccionador' que condena de forma arbitraria a la compañera Claudia Córdova Guerra, no solo atenta contra su integridad, sino que estigmatiza y criminaliza a todas las integrantes del colectivo trans platense.

"Desde OTRANS La Plata, queremos expresar nuestro más enérgico repudio al fallo judicial del   Tribunal Oral en lo Criminal N° I de La Plata a cargo del juez Juan José Ruiz, quien no sólo viola los principios constitucionales de igualdad ante la ley al considerar que 'ser extranjero' funciona como un agravante de la pena. Así mismo al fiscal del juicio, Martín Chiorazzi, quien pidió la pena. Denunciamos que dichos argumentos, con los que basa para fundamentar la sentencia, son profundamente discriminatorios, transfóbicos y xenófobos", expresó Claudia Vásquez Haro, presidenta de OTRANS, órganización que emitió u comunicado ante lo que entienden como un " fallo 'aleccionador' que condena de forma arbitraria a la compañera Claudia Córdova Guerra, no solo atenta contra su integridad, sino que estigmatiza y criminaliza a todas las integrantes del colectivo trans platense. Asimismo, potencia la xenofobia, hacia lxs migrantes que viven en La Argentina".


El Caso


Claudia Córdova Guerra había sido encontrada en abril de 2014 con un poco más de un gramo de cocaína y llegó al juicio con arresto domiciliario, en la sentencia el juez del Tribunal Oral en lo Criminal I de La Plata Juan José Ruiz la condenó a 5 años y 3 meses de prisión por venta de droga, agravada por su condición de extranjera. Había sido el fiscal Martín Chiorazzi quien en su alegato pidió la detención y argumentó como agravante la condición de extrajera.


La defensora de "Claudia", Josefina Rodrigo apelará el fallo, al que calificó de "discriminatorio" y consideró que se trata de "una cuestión muy grave", ya que Ruiz dice que "los jueces deben caerle con mayor peso de la ley a los extranjeros. Ahí está el contenido xenófobo".


Además, en la sentencia a "Claudia" se la discriminó y no se le reconoció su condición de genero y se la trato como un varón, Así en estos términos comenzó el fallo: "Los de la presente causa Nº 1961/5141 del registro de este Tribunal en lo Criminal nº 1 del Dpto. Judicial de La Plata, seguida a JAIME LUIS CORDOBA, (alias Claudia) peruano, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 45.371.703, soltero, nacido el 24 de junio de 1984, en la ciudad de Iquitos, Perú, con domicilio en la calle 120 Nº 1492 entre 62 y 64".


El comunicado completo

 

Este fallo "aleccionador" que condena de forma arbitraria a la compañera Claudia Córdova Guerra, no solo atenta contra su integridad, sino que estigmatiza y criminaliza a todas las integrantes del colectivo trans platense. Asimismo, potencia la xenofobia, hacia lxs migrantes que viven en La Argentina. Desde nuestra organización hemos denunciado la violencia sistemática e institucional, a la cual son sometidas las compañeras trans en La Plata. Hemos podido constatar cómo se arman las causas, como se les planta la droga, una práctica discrecional entre el poder judicial y la policía. Este caso no es la acepción, en la lectura del fallo queda a la vista que es el mismo modus operandi.


En la descripción de cómo se llevó a cabo el procedimiento de la requisa, se da cuenta el grado de intimidación que en todo momento sufrió la compañera Claudia, hasta el punto de vejarla y hacerle sacar la bombacha. Asimismo, la declaración del testigo principal, que es un policía, quien dice que a cuarenta metros observo maniobras- totalmente ridículas-  compatibles con venta de drogas, es lo mismo mecanismo que venimos viendo en las otras sentencias.


Además, en la causa la nombran siempre en masculino, como "sujeto travestido", a su nombre con el cual se identifica por su género, le ponen el apelativo "alias Claudia", siendo este accionar totalmente discriminatorio. No cumplen, ni respetan la ley de identidad de género, 26743, que en su artículo 11 sobre trato digno, expresa que aun cuando la persona no haya hecho en cambio registral en el DNI, las instituciones públicas tienen que respetar y reconocer la identidad de género autopercibida. Claudia es una mujer trans/ migrante, peruana, y pobre. Esto no es un dato menor, nuestra compañera no es una delincuente, tampoco narcotraficante, es una EXCLUIDA SOCIAL. Toda vez que hemos ido a diferentes juzgados y fiscalías del poder judicial, se nos hace sentir que la justicia es totalmente autoritaria y heteropatriarcal. 

 

 Denunciamos este  fallo  porque  viola el principio de igualdad ante la ley, consagrado por la Constitución Argentina y los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional, pretendiendo además, instalar la noción xenófoba de la peligrosidad en sí de lxs extranjerxs, ya que el código penal en su artículo 40 sólo considera como agravante o atenuante, además de características del delito (circunstancias, amplitud de daño, etc), las condiciones personales "que demuestren su mayor o menor peligrosidad".

 

Como antecedente directo, señalamos que recientemente un fallo similar fue modificado por la Sala III de la Cámara de Casación Bonaerense, estableciendo que "El agravante por la condición de extranjero, (…)resulta violatoria de las garantías constitucionales de igualdad ante la ley y de no discriminación por motivos de nacionalidad, ya que si en definitiva se lo condenó por infringir nuestro Código Penal  mientras era habitante de nuestro país, resulta irrelevante cuál es su nacionalidad, al menos a los fines de efectuarle el reproche de su conducta"

 

Es gravísimo, justificar esta desigualdad legal afirmando, como lo hace el fallo, que lxs extranjerxs no poseen las mismas obligaciones, como votar, o ser presidente de mesa, cuando en realidad, estos son derechos que consideramos vulnerados y por los que se viene luchando hace años desde los diversos espacios de la colectividad migrante, incluido el nuestro, que el 85% de las integrantes de nuestra organización son trans/migrantes. Por otro lado, la situación remarcada, es en todo caso, responsabilidad del Estado Argentino, y no de lxs migrantes, y menos de las personas sometidas a juicio.

 

Este tipo de sentencias, un nuevo intento de criminalizar la migración, reforzando el estigma que pesa sobre la condición de migrante y un doble marcaje por la identidad de género.  Dictaminar que algún hecho es más grave porque lo lleva a cabo un/a migrante, es institucionalizar la desigualdad, determinando que un sector de la sociedad tiene los derechos y garantías básicas disminuidas. Nunca lxs migrantes y la comunidad trans hemos pedido un trato preferencial en ningún tema, sólo exigimos y seguiremos exigiendo nuestro derecho a ser tratadxs iguales dentro de la ley.


Por todo ello desde nuestra organización, la Red de Migrantes y Refugiados en Argentina y el Frente de Organizaciones TLGB La Plata, Berisso y Ensenada, convocamos para el miércoles 18 a las 11 de la mañana, en plaza San Martin, para marchar y decir NO A LA CRIMINALIZACION DE LA COMUNIDAD TRANS MIGRANTE EN LA PLATA y la libertad de la compañera Claudia Córdoba Guerra. Por otro lado, pediremos la recusación y el juicio político al juez y el fiscal, al concejo de la magistratura de la provincia de Buenos Aires.