25-04-2024
"La 煤ltima etapa de la transici贸n: sin tiempo para el descanso" por Magdalena Crisconio (1) y Liliana Conqueira (2)
Entramos ya en la fase final de la transici贸n, aquella en la que se fija la agenda y empieza a correr el tiempo de la "luna de miel" con el electorado. Luego de la conformaci贸n del gabinete, y las juras protocolares, en un per铆odo que suele no exceder las dos semanas, el gobierno debe tener en cuenta una serie de elementos que pueden marcar los primeros tiempos de su gesti贸n, e incluso complicarla si no son resueltos a tiempo. En el caso de la provincia de Buenos Aires, quiz谩 los dos temas cruciales que ha encarado la administraci贸n de la Gobernadora Mar铆a Eugenia Vidal son, por un lado, las leyes de presupuesto e impositiva para 2016, y por otro, aquellos nombramientos que requieren intervenci贸n del Poder Legislativo y han quedado vacantes como consecuencia de renuncias o vencimiento de sus plazos originales.

En relaci贸n al primero de los temas, a todas luces resulta una cuesti贸n crucial: el presupuesto es uno de los principales instrumentos para la identificaci贸n de los objetivos de gesti贸n. Permite, desde el punto de vista financiero, conocer cu谩les son las pol铆ticas p煤blicas prioritarias para el gobierno durante un determinado per铆odo de tiempo, habitualmente un a帽o.
 
La Ley de Administraci贸n Financiera de la provincia de Buenos Aires (Ley N潞 13.767) establece en su art铆culo 25 que el Poder Ejecutivo debe presentar ante la Legislatura el proyecto de Ley de Presupuesto antes del 31 de agosto del a帽o anterior para el que efectivamente regir谩. Este plazo es de por s铆 dif铆cil de cumplir, ya que es previo al de presentaci贸n del presupuesto nacional (cuya fecha es el 15 de septiembre). Los a帽os en los que se elige Gobernador le agregan un obst谩culo adicional, ya que al momento de formularse el presupuesto a煤n no han sido elegidas las nuevas autoridades y, por ende, tampoco han sido definidos los ejes y objetivos de la gesti贸n, ni las modificaciones a la Ley de Ministerios, en caso de que existiesen. 

Por eso creemos que un protocolo de transiciones planificadas deber铆a contemplar alternativas para evitar que las nuevas gestiones se enfrenten al dilema de prorrogar el presupuesto del a帽o anterior, sabiendo que se cuenta con un instrumento que se aleja de la nueva realidad, o convocar a sesiones extraordinarias para contar con un presupuesto propio, poniendo en juego el sistema de coaliciones, consensos y disensos. 

En esta l铆nea, consideramos que la segunda cuesti贸n a la que hac铆amos referencia, vinculada con el nombramiento de los funcionarios cuya designaci贸n requiere alg煤n procedimiento especial, tampoco debe dejarse de lado. En la provincia de Buenos Aires se necesita del acuerdo del Senado para nombrar Tesorero y Subtesorero, Contador y Subcontador de la Provincia (art铆culo 82); Fiscal de Estado, Director General de Cultura y Educaci贸n, Presidente y Vocales del Tribunal de Cuentas, Presidente y Directores del Banco de la Provincia (art铆culo 144); y los jueces de la Suprema Corte de Justicia; el Procurador y el Subprocurador General (art铆culo 175). Asimismo, la C谩mara de Diputados debe prestar acuerdo al Poder Ejecutivo para el nombramiento de los miembros del Consejo General de Cultura y Educaci贸n.

Sin lugar a dudas se trata de resortes institucionales fundamentales para la continuidad de la gesti贸n y administraci贸n del Estado. Por ello, y como resulta altamente probable que el equipo de gobierno entrante asuma sus funciones faltando pocos d铆as para que alguno de los cargos mencionados termine su mandato, tambi茅n entendemos que esta alternativa debe incluirse en el instrumento que regule las transiciones.
 
En el caso particular de los Directores del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Contador, Subcontador, Tesorero y Subtesorero, al tener sus designaciones una duraci贸n establecida de cuatro a帽os (art铆culo 18 de la Carta Org谩nica del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Decreto Ley N掳 9434/79  y art铆culo 156 de la Constituci贸n Provincial), es probable que, en un escenario de transici贸n, se produzca una situaci贸n compleja en caso de no haber sido correctamente anticipada y prevista, pudiendo complicar el funcionamiento del Estado provincial. 

En la actual coyuntura la Gobernadora tom贸 la decisi贸n de adoptar una medida de excepci贸n, asumiendo ciertas competencias que corresponden al Poder Legislativo o requieren su participaci贸n, hasta tanto se obtengan los acuerdos necesarios, fund谩ndose en la necesidad y urgencia del caso, para proteger la actividad normal de la administraci贸n. Todo esto no hace m谩s que reafirmar nuestro objetivo: resulta imperioso trabajar en un instrumento que permita la institucionalizaci贸n de transiciones reguladas en la Provincia, en todas sus fases, velando por el funcionamiento ininterrumpido de los servicios que brinda el Estado, y reduciendo a la m铆nima expresi贸n los m谩rgenes de discrecionalidad de funcionarios entrantes y salientes.

Para ello, consideramos que hay un espacio propicio para avanzar en el camino propuesto si se incluye la cuesti贸n en la agenda de reforma pol铆tica que se ha abierto en los 煤ltimos d铆as. En ese sentido, haremos un aporte al debate a trav茅s de un documento de pol铆tica centrado en destacar los elementos que resultan clave para planificar adecuadamente las transiciones, junto con una propuesta normativa para fortalecer e institucionalizar el proceso, con el fin de evitar los inconvenientes experimentados recientemente, y preservar las mejores pr谩cticas de esta hist贸rica transici贸n 2015.

(1) Polit贸loga. Magister en "Modelos de Innovaci贸n y Participaci贸n en la Gesti贸n P煤blica". Universidad de Bologna.
(2)  Abogada. Facultad de Ciencias Jur铆dicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata.
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