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| 18-12-2015 | Nueva medida | |||
| Limitan a 500 dólares la compra en efectivo | |||
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Un día después de la primera jornada de entrada en vigencia la liberación del tipo de cambio con flotación controlada, el Banco Central emitió una circular en la que restringió a 500 dólares el límite de compra con dinero en efectivo en casas de cambio y bancos, y superado ese monto deberá hacérselo por mecanismo bancarizado. "Para las compras de billetes en moneda extranjera y de divisas que superen los 500 dolares por mes calendario, la operación solo puede efectuarse con débito a una cuenta a la vista, con transferencia via MEP o mediante cheque", señala la circular 5850 del Banco Central. La medida oficial busca reducir los mecanismos de lavado de dinero a través de la compra de dólares. Así, actualmente una persona sólo podrá destinar 7.000 pesos para comprar divisa norteamericana, de acuerdo a la cotización de 14 como techo, que rige actualmente; si desea comprar más deberá hacerlo por operación de débito en caja de ahorro o cuenta corriente. Por otra parte, el Gobierno nacional oficializó hoy el fin de los encajes exigidos desde 2005 para las inversiones extranjeras y para las deudas tomadas por privados fuera de la Argentina, y redujo de 365 a 120 días el plazo mínimo de permanencia en el país de los fondos ingresados. Esto se hace a través de la Resolución 3/2015 del ministerio de Hacienda, publicada en el Boletín Oficial, con el argumento de "contribuir a la profundidad y liquidez del mercado en cuestión, modificando las exigencias" existentes para los fondos ingresados desde el exterior. |