15-08-2026
07-11-2014 | POR EL CRIMEN DE WANDA TADDEI
Quedó firme la pena de prisión perpetua para Eduardo Vázquez

La Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena del ex baterista de Callejeros, por el crimen de su mujer Wanda Taddei. El músico había sido sentenciado inicialmente a 18 años de prisión.

El fallo fue firmado por el máximo tribunal, que desestimó una queja de la defensa oficial de Vázquez, condenado por rociar con alcohol y prender fuego a Taddei el 10 de febrero de 2010 durante una pelea de pareja.

En 2013, Vásquez fue condenado a perpetua por el máximo tribunal penal del país, que elevó la pena de 18 años inicialmente impuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal 20, que lo había juzgado en 2012.

Contra esa decisión de Casación, la defensa oficial del músico llegó sin éxito hasta la Corte nacional.

Los jueces Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda desestimaron el recurso de queja contra la denegación del recurso extraordinario y consideraron a este último "inadmisible".

El músico, que sólo se quemó levemente las manos, dijo que se trató de un accidente cuando zamarreaban una botella de alcohol y llevó a Wanda al hospital Santojanni, donde le realizaron los primeros auxilios.

Luego, la víctima fue derivada al Hospital de Quemados porteño, donde permaneció internada hasta el 21 de febrero, cuando murió.

A partir de este caso, se sucedieron decenas de hechos similares en todo el país en los que hombres quemaron a sus mujeres y les provocaron la muerte o graves heridas.

En 2012, el tribunal oral condenó a Vásquez a 18 años por "homicidio agravado por el ví­nculo", que tiene pena de perpetua, porque consideró que el delito estuvo atenuado por la "emoción violenta" vivida antes del hecho, al ser un sobreviviente de la tragedia de la discoteca Cromañon.

Es que la noche del 30 de diciembre de 2004, durante un recital de Callejeros, se produjo un incendio en ese boliche de Once en el que murieron 194 personas, entre ellas familiares de los músicos de la banda.

El polémico argumento del TOC 20 fue revocado en Casación el 18 de septiembre de 2013, cuando hizo lugar a la apelación de la familia de la ví­ctima, descartó el atenuante y lo condenó a prisión perpetua.

La discusión se dio en relación a que durante el juicio oral se consideró que la noche que el matrimonio discutió porque Vásquez se había ido a ensayar, Wanda le cortó la luz en medio de la disputa, según el relato del imputado.

Pero los jueces de Casación entendieron que más allá del propio relato de Vásquez en esa dirección, no hay otros indicios de que eso hubiera ocurrido.

"La idea misma de un arrebato psicológico capaz de reducir la capacidad de Vásquez de controlar sus acciones resulta contradictoria con el despliegue de una conducta que no fue en absoluto instantánea", señaló en su momento el juez Roberto Hornos.

En ese sentido, detalló que primero derramó el alcohol sobre su mujer y luego la prendió fuego con un encendedor, según surge de  la autopsia y de todas las pericias realizadas en la causa.

Para el juez, esto es "a todas luces incompatible con la pérdida de control que se le atribuye en la sentencia puesta en crisis".

Por otra parte, Vásquez tiene una condena de seis años de prisión por el mencionado incendio en Cromañón, también impuesta por Casación, que lo consideró responsable de "estrago culposo".