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| 03-06-2014 | ASUNTOS AGRARIOS EN EXPOMIEL 2014 | |||
| El Registro ApÃcola se traslada a la Fiesta de la Miel en Azul | |||
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La Unidad de Coordinación ApÃcola del Ministerio de Asuntos Agrarios se traslada a la XIX Fiesta Nacional y XXVII Fiesta Provincial de la Miel - EXPOMIEL AZUL 2014 que se realizará del 6 al 8 de junio. Durante el evento, estará a disposición el Registro Provincial de Marcas ApÃcolas y RENAPA en el cual los productores podrán inscribirse y/o renovar sus carnets.
Los requisitos necesarios para la inscripción y renovación de los correspondientes carnets, como los lugares de recepción de la documentación, son los siguientes:
1.- Cumplimentar la Declaración Jurada con el detalle de ubicación de los apiarios y cantidad de colmenas en cada uno, certificando la ruralidad en la oficina que cada municipio determine; efectuar tantas Declaraciones Juradas como municipios comprometidos. Las planillas para ambos registros se bajan de la página web www.maa.gba.gov.ar, ingresando por el link Unidad de Coordinacion Apicola.
2.- Presentar certificado de idoneidad del titular o del responsable técnico de los apiarios. Este documento deberá ser expedido por ente público o privado reconocido por el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires.
3.- Pago de arancel de $ 115.20 por boleta generada desde la pagina web www.maa.gba.gov.ar ingresando a Tasas y Pagos, Registro de Establecimiento ApÃcola. (Solamente el pago es por la inscripción o renovación del Registro Provincial de Productores ApÃcolas, cada 5 años).
4.- Pago del timbrado habilitante del trámite de $ 16,8 por boleta generada desde la pagina web www.maa.gba.gov.ar ingresando a Tasas y Pagos (Solamente el pago es por la inscripción o renovación del Registro Provincial de Productores ApÃcolas, cada 5 años).
5.-Fotocopia de DNI del o los titulares del Registro de Marcas de Productores ApÃcolas o Escritura constitutiva en caso de ser personerÃa jurÃdica.
6.-Validez del Registro de Marcas de Productores ApÃcolas: cinco (5) años (Resolución Ministerio de Asuntos Agrarios 1018/93).
7.- Validez del Registro Nacional de Productores ApÃcolas: dos (2) años (Resolución Ministerio de Agricultura, GanaderÃa y Pesca) .
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