Multan a Coto por una publicidad engañosa sobre descuentos
30-01-2025
14-05-2014 | LA EMPRESA DEBERÍA PAGAR 100 MIL PESOS
Multan a Coto por una publicidad enga帽osa sobre descuentos
La campa帽a anunciaba rebajas para todos los productos, cuando en realidad muchos se encontraban afuera de la propuesta

La C谩mara en lo Contencioso Administrativo Federal confirm贸 una multa a un supermercado por una publicidad en la que promocion贸 un descuento para "todos"  los productos, cuando en realidad hab铆a varios art铆culos excluidos  de ese beneficio.

Seg煤n el tribunal, hay un deber de publicitar "de forma tal que el consumidor hubiera quedado debidamente informado acerca de las condiciones de la oferta" y que el aviso conten铆a publicidad enga帽osa "susceptible de inducir a error a los consumidores".

El supermercado Coto hab铆a publicado una oferta en un diario, donde se promocionaba que utilizando la tarjeta de cr茅dito de un banco se obten铆a un 20% de descuento en "todos" los productos.

Sin embargo, "en el pie de p谩gina de dicha publicidad se introduc铆an una serie de exclusiones de productos y de marcas, expresamente individualizados", seg煤n surge del fallo.

La Secretar铆a de Comercio Interior impuso a Coto Centro Integral de Comercializaci贸n S.A. una multa de cien mil pesos ($100.000), por aplicaci贸n del art铆culo 9 de la ley 22.802 de lealtad comercial.

El organismo indic贸 que esa actitud violentaba las disposiciones de la Ley de Defensa de la Competencia sobre publicidad enga帽osa, ya que "al no encontrarse todos los productos amparados por el descuento referido, la publicidad en cuesti贸n conten铆a informaci贸n contradictoria, susceptible de inducir a los consumidores a error o confusi贸n respecto del precio y las condiciones de comercializaci贸n de los productos concretamente ofrecidos".

La empresa apel贸 la resoluci贸n y las cuestiones de defensa de la competencia recaen en la C谩mara en lo Contencioso Administrativo. Finalmente  la Sala V de la C谩mara resolvi贸 confirmar la multa, de acuerdo a un fallo dictado este mes de mayo y conocido este mi茅rcoles en tribunales.

Coto asegur贸 que la expresi贸n "todos" fue empleada en la publicidad "para hacer referencia a los miles de productos que comercializa su parte, y que s贸lo 17 productos se encontraban excluidos de la promoci贸n", lo que demostraba "el car谩cter casi absoluto del conjunto de los productos involucrados".

Como eran pocos los productos excluidos del conjunto, la empresa  consider贸 que hab铆a informado correctamente a los consumidores sobre el alcance de la oferta. Subsidiariamente, y en caso de ser confirmada la multa, Coto pidi贸 una reducci贸n del monto.

Seg煤n la C谩mara, integrada por los jueces Jorge Federico Alemany y Pablo Gallegos Fedriani, Coto infringi贸 los preceptos legales ya que "la exclusi贸n de productos determinados debi贸 ser enunciada en el aviso publicitario de forma tal que el consumidor hubiera quedado debidamente informado acerca de las condiciones de la oferta".

"Es razonable lo sostenido por la autoridad administrativa en el sentido de que el aviso cuestionado se prestaba a error o enga帽o en la medida en que en esa publicidad se hab铆a expresado que el descuento se aplicar铆a sobre "Todos los Productos", mientras que las excepciones o salvedades se introdujeron en un nota al pie de p谩gina y en una letra de tama帽o considerablemente menor, circunstancia que redujo la posibilidad de comprensi贸n inmediata del alcance de la oferta por parte de los potenciales consumidores", dice uno de los p谩rrafos del fallo.

Finalmente, la C谩mara confirm贸 el monto de la multa al sostener que la Secretar铆a de Comercio "ponder贸 la posici贸n de la empresa actora en el mercado", y "no se advierte que la sanci贸n, por su entidad, resulte desproporcionada".