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| 16-07-2013 | Con el objeto de bajar a 21 la edad mínima para ser concejal | |||
| La Provincia promulg贸 Ley para "enmendar parcialmente la Constituci贸n mediante plesbicito" | |||
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La norma establece que el Ejecutivo "convocar谩 a un plebiscito en la primera elecci贸n que se realice para que el electorado se exprese en pro o en contra de la enmienda propiciada", de modo que se llevar铆a a cabo en octubre pr贸ximo. En el caso de que el electorado se manifieste de forma afirmativa, el texto que ser铆a incorporado a la Constituci贸n precisar谩 que para ejercer como concejales "ser谩n elegibles todos los ciudadanos mayores de 21 a帽os, que sepan leer y escribir, vecinos del distrito, con un a帽o de domicilio anterior a la elecci贸n y si son extranjeros, tengan adem谩s cinco a帽os de residencia y est茅n inscriptos en el registro especial". Mediante el Decreto 442, tambi茅n publicado hoy en el Bolet铆n Oficial, el gobernador orden贸 crear una Comisi贸n Especial "que se abocar谩 a proyectar la reglamentaci贸n que posibilite la efectiva implementaci贸n de la ley promulgada por el art铆culo precedente". Dicho 贸rgano estar谩 compuesto por dos representantes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, dos del Ministerio de Gobierno y dos por cada c谩mara legislativa. |