Anotan a un bebé con el apellido de la madre en primer lugar
21-11-2025
10-06-2013 | Provincia de Buenos Aires
Anotan a un beb茅 con el apellido de la madre en primer lugar
De esta manera se garantiza el principio de igualdad entre los miembros de una pareja. Esta es la primera inscripci贸n de este tipo en territorio bonaerense.
Por su parte, el jefe de Gabinete, Alberto P茅rez, indic贸 "lo que se garantiza es el principio de igualdad entre los miembros de una pareja para tomar esta decisi贸n, sean padres heterosexuales u homosexuales" y destac贸 "esta inscripci贸n responde a una interpretaci贸n de la Ley del Nombre y de la de Matrimonio Igualitario centrada en este principio".

Se trata de Manuel, un beb茅 platense que naci贸 en diciembre de 2012, hijo de Laura V谩zquez y de Gonzalo Bernal, que fue inscripto hoy en el Registro civil de La Plata como Manuel V谩zquez Bernal y que ya tiene en tr谩mite su primer DNI.

Por cierto, los padres de Manuel solicitaron darle los dos apellidos anteponiendo el de la madre mediante un expediente, que dio lugar a una disposici贸n del Registro provincial de las Personas que habilit贸 la inscripci贸n del nacimiento.

En Argentina la Ley del Nombre se帽ala en los art铆culos 4 y 5 que el ni帽o debe tener el apellido del padre, que el doble apellido es optativo y que el orden es primero el del padre y luego el de la madre.

Con la sanci贸n de la Ley del Matrimonio Igualitario, se modific贸 el Art. 4 de la Ley del Nombre para incluir a parejas de padres o madres del mismo sexo, para las que el orden es optativo. De este modo, los progenitores homosexuales pueden inscribir a sus hijos con cualquiera de sus apellidos o los dos, optando por el orden.

A su vez, el subsecretario de Gabinete, Juan Pablo Alvarez Echag眉e, explic贸 "lo que la Provincia interpreta en este caso es que tambi茅n los padres heterosexuales tienen la libertad de elegir el orden de los apellidos".

Por 煤ltimo, Alvarez Echag眉e explic贸 "se tuvo como argumento el Art. 16 de la Constituci贸n Nacional que dice que 'todos los habitantes son iguales ante la ley' y en el Principio de Razonabilidad que limita a las leyes a no alterar las garant铆as y derechos reconocidos por nuestra Constituci贸n".

E.V