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| 10-05-2013 | por el "Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR” | |||
| Preocupación del Senado bonaerense por "incumplimiento" de Argentina con disposiciones del MERCOSUR | |||
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El "Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR", que fuera aprobado por la Ley 26.146, suscrito en Montevideo -República Oriental del Uruguay- el 9 de diciembre de 2005, que entre otras fundamentales prescripciones dispone para esta etapa de su implementación que: "Los Parlamentarios serán elegidos por los ciudadanos de los respectivos Estados Partes, a través de sufragio directo, universal y secreto".
"Queda llamado a la brevedad y pronunciarse, y para ello sancionar a la brevedad posible las leyes y decretar las reglamentaciones que resulten necesarias para dar efectivo cumplimiento al citado Protocolo", señaló el senador provincial de la UCR, Santiago Nino, presidente de la comisión de Comercio Exterior, MERCOSUR y Política de Integración Regional de la Cámara alta bonaerense
Para finalizar, el radical Nino indicó "esto posibilita al pueblo de la Nación Argentina y en particular al de nuestra provincia de Buenos Aires el ejercicio del derecho de elegir y ser elegido 'Parlamentario del MERCOSUR'".
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