Los municipios bonaerenses deberán tener su Boletín Oficial
14-01-2026
23-12-2012 | Modifican Ley Orgánica
Los municipios bonaerenses deberán tener su Boletín Oficial

En la sesión de este jueves, la Cámara de Diputados bonaerense convirtió en ley la creación de un Boletín Oficial Municipal para que cada comuna publique mensualmente las ordenanzas aprobadas por los Concejos Deliberantes. Estas disposiciones tendrán que "ser informadas a la población en la página web del Municipio de forma gratuita o en los lugares públicos de fácil acceso a los vecinos".

La normativa, impulsada por el titular del bloque del FPV de la Cámara Baja, Juan de Jesús, también promueve la confección de un Libro de Registro de Ordenanzas y Decretos municipales, que adhieran a normas de carácter Provincial y Nacional, con el fin de contar con un instrumento de coordinación entre los diferentes niveles legislativos.

Con respecto a los fundamentos de la norma, el diputado del oficialismo sostuvo "la Provincia actualmente no exige en su legislación, como bien lo hace su par cordobesa, la organización de un Boletín informativo comunal", que seguidamente expresó "lo que se busca es ampliar el principio republicano en materia de transparencia y disponibilidad de la información de los actos de gobierno".

"Si bien algunos municipios ya cuentan con Boletines, el accesibilidad a los mismos por parte de los ciudadanos no es un trámite sencillo" afirmó de Jesús, quien agregó "la incorporación de nuevas tecnologías de la comunicación a través de las páginas Web facilitan un rápido y ágil acceso a las normas legales promulgadas".

Cabe destacar que con esta iniciativa se modifica el artículo 108 del Decreto-Ley 6769/58 "Ley Orgánica de las Municipalidades".