03-05-2024
30-10-2012 | Derechos adquiridos serán explicitados en la reglamentación
Ley Hábitat: sin "veto", Scioli salvará las objeciones por medio de la Ley Fiscal
El Gobernador bonaerense decidió hoy modificar algunos aspectos de la Ley Impositiva relacionados con el negocio inmobiliario para evitar una doble carga tributaria sobre los baldíos. De este modo, no habrá modificaciones en la Ley de Tierras que sería ahora acompañada por el sciolismo y se descartaría un posible veto.

Una reforma al proyecto de Ley fiscal que contempla (hasta ahora) aumentos al inmobiliario baldío con el fin de evitar la doble imposición que se configuraba con al Ley de Hábitat, más la aclaración taxativa en el decreto reglamentario de esa norma de una obviedad que el Ejecutivo considera necesario dejar sentado, "que la Ley no afectará derechos adquiridos toda vez que se aplicará a futuro", será la fórmula a la que recurrirá Scioli para dirimir la polémica generada en torno a la norma impulsada por el kirchnerismo que avanza en el Senado.

Habrá, además, una aclaración nada casual: los Municipios deberán establecer a través de una "decisión administrativa" la forma en que se pondrá en marcha la Ley en sus propios distritos. Traducido: aquellos que tengan objeciones de algún tipo, podrán saltear el mandato legal en ese procedimiento requerido que establecerá la reglamentación de la Ley.

Así se informó hoy al término de una reunión encabezada por el Jefe de Gabinete bonaerense, Alberto Pérez, junto a funcionarios del área de economía e infraestructura de la Provincia, para resolver la polémica que se había generado en torno a la Ley de Hábitat. En resumen: no habrá modificaciones en el Senado, ni veto del Ejecutivo como trascendió hoy. Una medida admitida por el Gobernador como una "posibilidad" que algunos medios dieron por anunciada, descartando el resto.

Esta tarde, según se informó oficialmente, "una vez convertida en Ley" la norma que tiene aprobación en Diputados y ahora votará el Senado -tal como llegó desde la Cámara Baja- el decreto reglamentario que la pondrá legalmente en plena vigencia, aclarará "que no se verán afectados ni violados ninguno de los derechos adquiridos, ni el derecho a la Propiedad".

Tal como publicó Infocielo esta mañana, el Ejecutivo confirmó ahora la decisión del Gobernador: descartar un veto, y avanzar en el trámite de promulgación, a través del decreto reglamentario que manda el proceso formal de puesta en marcha de una Ley.

"La misma reglamentación de la norma, una vez convertida en ley, también aclarará que no existe la obligación de cesión de tierras, sino una contribución económica al Municipio, siempre que exista una decisión administrativa del Ejecutivo local que revalorice dichas tierras", anunció oficialmente la Jefatura de Gabinete, a través de un comunicado oficial difundido en la tarde de hoy. Una perogrullada. La aclaración, refuerza lo que la ley ya sostiene: que no afecta derechos adquiridos, operando para adelante, y que no será obligatorio ceder tierras, para dar por cumplida con la norma.

La explicación en torno a la cesión de tierras que desde algunos sectores interpretaron como que "no" habrá tal obligatoriedad, apunta a dejar aclarada una discusión que en el Ejecutivo consideran más mediática que real: que ningún emprendimiento deberá ceder tierras, "si no hay valorización" de la zona en la que se radicará el desarrollo inmobiliario. Pero, además, estipulará que los distritos deberán establecer el procedimiento administrativo, que haga pasible de reclamo ese tributo adicional.

"Si no hay valorización de la zona, que en realidad se da en el 90 por ciento de los casos, no habrá tal obligatoriedad; pero -además- los ejecutivos municipales deberán establecer por ordenanza el procedimiento administrativo para saldar la nueva imposición fiscal, y aquellos que no estén de acuerdo, no lo harán", explicó una fuente oficial.

Doble Imposición

La única resolución novedosa en el trámite que allanará la sanción de la Ley, es una que busca eliminar la objeción de doble tributo que hacían algunos desarrolladores inmobiliarios.

A través de una reformulación del proyecto de Ley fiscal que envió Scioli a la Legislatura, el Ejecutivo dio marcha atrás con la suba establecida para los terrenos baldíos, de forma tal que no haya una "doble imposición" con una suba impositiva. En llano: En el peor de los casos, el desarrollador inmobiliario que deba hacer frente al pago del nuevo "impuesto" para montar un emprendimiento habitacional como Barrios privados, se verá aliviado con una alícuota en el terreno baldío que adquiera para tal fin, con la eliminación de esa suba prevista en el proyecto de Ley fiscal que envió Scioli a la Legislatura.

"Operativamente se decidió modificar el proyecto de ley impositiva en tratamiento en la Legislatura, no aplicando el coeficiente de actualización de las valuaciones fiscales en el segmento del impuesto inmobiliario baldío. De esta manera, se pretende evitar una desmesurada carga tributaria sobre las mismas y contribuir, una vez sancionada la ley, a la creación del fondo fiduciario que financiará la erradicación y urbanización de asentamientos en la provincia", se informó.