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| 26-02-2026 | BOLETÍN OFICIAL | |||
| Jubilados y pensionados: el bono de $70.000 sigue en marzo | |||
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El Gobierno nacional otorgó un Bono Extraordinario Previsional de hasta $70.000 para jubilados y pensionados que cobran hasta el haber mÃnimo, que se abonará en marzo, según se publicó hoy en el BoletÃn Oficial.
El beneficio fue instituido mediante el Decreto 109/2026, firmado por el presidente Javier Milei junto al jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello, y entrará en vigencia desde el 25 de febrero.
Según los considerandos, el bono tiene carácter compensatorio por los efectos adversos ocasionados por la aplicación de la Ley N° 27.609 de Ãndice de Movilidad Jubilatoria sobre los haberes de los adultos mayores de menores ingresos. El decreto señala que esa norma, vigente desde marzo de 2021, “presentaba graves y serios inconvenientes†al no resguardar el riesgo inflacionario.
La medida alcanza a tres grupos de beneficiarios a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES): titulares de prestaciones contributivas previsionales otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241 y regÃmenes anteriores cuya movilidad se rija por el artÃculo 32; beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) creada por la Ley N° 27.260; y titulares de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y otras pensiones graciables.
Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, el monto máximo de $70.000 corresponde a quienes perciban, por la suma de todos sus beneficios vigentes, un importe menor o igual al haber mÃnimo garantizado establecido por el artÃculo 125 de la Ley N° 24.241. Para quienes superen ese umbral, el bono será el necesario para alcanzar el tope equivalente al haber mÃnimo más $70.000.
El decreto establece que el bono es no remunerativo, no susceptible de descuento y no computable para ningún otro concepto. Los beneficios deben encontrarse vigentes en el mensual en que se realice la liquidación y, en el caso de pensiones con copartÃcipes, se considerarán como un único titular.
La norma faculta a la ANSES a dictar las disposiciones aclaratorias y complementarias para su implementación, administración, otorgamiento, pago, control y supervisión, incluido el recupero de percepciones indebidas, mientras que la Jefatura de Gabinete deberá efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes. (NA )
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