ARCA reglamentó el régimen de regularización de deudas para prestadores de discapacidad
23-02-2026
23-02-2026 | BOLETÍN OFICIAL
ARCA reglament贸 el r茅gimen de regularizaci贸n de deudas para prestadores de discapacidad
El organismo instrument贸 el marco normativo que representa un alivio fiscal como parte de la Ley de Emergencia en Discapacidad.
La Agencia de Recaudaci贸n y Control Aduanero (ARCA) reglament贸 el r茅gimen de regularizaci贸n de deudas para los prestadores de discapacidad, mediante la Resoluci贸n General 5828/2026 publicada este lunes en el Bolet铆n Oficial.

El r茅gimen permite regularizar deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 31 de diciembre de 2025, con beneficios que incluyen la condonaci贸n de hasta el 100% de intereses y multas.

El nuevo esquema normativo no contempla las deudas referidas a aportes y contribuciones a Obras Sociales, cuotas de ART, aportes de Servicio Dom茅stico y Monotributo, y Seguro de Vida Obligatorio, entre otras.

Los prestadores deben estar comprendidos en la Ley N掳 24.901 y aparecer en la n贸mina que la Secretar铆a Nacional de Discapacidad enviar谩 a ARCA para poder acceder al r茅gimen. Una vez habilitados, los sujetos ser谩n identificados en el sistema con el c贸digo 鈥640 - Emergencia Nacional en Discapacidad鈥.

Los contribuyentes podr谩n formalizar su adhesi贸n hasta el 17 de septiembre de 2026, dependiendo el momento en que decidan adherirse va a ser el grado de perd贸n fiscal sobre los intereses resarcitorios y punitorios generados.

-Hasta el 16 de junio de 2026: condonaci贸n del 100% de los intereses.
-Desde el 17 de junio hasta el 17 de septiembre de 2026: condonaci贸n del 50%.


Los planes de financiaci贸n tienen las siguientes pautas t茅cnicas:

-Cantidad m谩xima de cuotas: hasta 60 mensualidades, iguales y consecutivas.
-Monto m铆nimo de cuota: $50.000.
-Tasa de inter茅s de financiaci贸n: ser谩 equivalente al 50% de la tasa de inter茅s resarcitorio vigente a la fecha de entrada en vigor de la presente norma.
-Ingreso de las cuotas: se efectuar谩 mediante d茅bito directo los d铆as 16 de cada mes.

Los contribuyentes podr谩n refinanciar, en el marco del presente r茅gimen, los planes de facilidades de pago presentados hasta el 2 de febrero de 2026, inclusive, a fin de gozar del beneficio de condonaci贸n vigente.

El tr谩mite se realiza 铆ntegramente de forma digital a trav茅s del servicio 鈥淢is Facilidades鈥, opci贸n 鈥淟ey N掳 27.793 - Emergencia Nacional en Discapacidad鈥. Se requiere poseer Domicilio Fiscal Electr贸nico y una CBU declarada para el d茅bito autom谩tico de las cuotas.

La caducidad de los planes de facilidades de pago operar谩 de pleno derecho y sin necesidad de que medie intervenci贸n alguna por parte de ARCA, ante la falta de pago de dos cuotas (consecutivas o alternadas) a los 60 d铆as de vencida la segunda, o de una cuota a los 60 d铆as del vencimiento de la 煤ltima del plan. (NA)