La UIF fortaleció el régimen de prevención del financiamiento de la proliferación de armas
12-01-2026
08-01-2026 | RESOLUCIÓN
La UIF fortaleci贸 el r茅gimen de prevenci贸n del financiamiento de la proliferaci贸n de armas
Se trata de armas de destrucci贸n masiva y la entidad lo dio a conocer mediante una resoluci贸n firmada por su presidente, Paul Starc.

La Unidad de Informaci贸n Financiera (UIF) estableci贸 nuevas obligaciones y procedimientos para reforzar la prevenci贸n del financiamiento de la proliferaci贸n de armas de destrucci贸n masiva, mediante una resoluci贸n firmada por su presidente, Paul Starc.

La medida qued贸 plasmada en la Resoluci贸n N.潞 3/2026, suscripta el 7 de enero, que precis贸 mecanismos operativos aplicables al reporte de operaciones sospechosas vinculadas con el Financiamiento de la Proliferaci贸n de Armas de Destrucci贸n Masiva y al Congelamiento Administrativo de Bienes y otros Activos.

Seg煤n pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, la norma reglament贸 los criterios que deben observar los Sujetos Obligados para la identificaci贸n, comunicaci贸n inmediata y tratamiento de operaciones relacionadas con personas humanas, jur铆dicas o entidades alcanzadas por sanciones financieras internacionales, as铆 como los supuestos previstos en el art铆culo 306, inciso f), del C贸digo Penal.

La resoluci贸n tambi茅n fij贸 plazos de reporte, canales de remisi贸n de informaci贸n, medidas de inmovilizaci贸n de activos y obligaciones de confidencialidad, con el objetivo de fortalecer la detecci贸n temprana, la mitigaci贸n y la interrupci贸n de estas operatorias dentro del sistema preventivo.

Adem谩s, ampli贸 el alcance operativo del r茅gimen de Congelamiento Administrativo de Bienes al incorporar de manera expresa el financiamiento de la proliferaci贸n de armas de destrucci贸n masiva como supuesto habilitante para la adopci贸n inmediata de medidas. (NA)