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| 06-01-2026 | BOLETÍN OFICIAL | |||
| Contrataciones p煤blicas: endurecen el veto a empresas sancionadas por bancos multilaterales | |||
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El Gobierno nacional modific贸 el R茅gimen de Contrataciones de la Administraci贸n Nacional para ampliar y simplificar la exclusi贸n en la contrataci贸n p煤blica de empresas sancionadas por organismos internacionales de cr茅dito, como el Banco Mundial (BM) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). La medida que fue formalizada mediante el Decreto 5/2026, publicado este martes en el Bolet铆n Oficial, permitir谩 que el Estado no solo desestime la contrataci贸n de empresas que est茅n vinculadas con casos de corrupci贸n, sino que tambi茅n restrinja aquellas que tengan conductas fraudulentas, colusorias, coercitivas y obstructivas, entre otras. De esta manera, las firmas que est茅n asociadas a dichos comportamientos por parte del Banco Mundial o el BID no podr谩n participar en procedimientos de contrataciones o concesiones de obras p煤blicas, ni en provisi贸n de bienes y/o servicios que lleven a cabo las jurisdicciones y entidades de la Administraci贸n P煤blica Nacional. La decisi贸n busca fortalecer la transparencia y la lucha contra la corrupci贸n en las contrataciones p煤blicas, al reconocer que la normativa anterior presentaba "impedimentos operativos" para su correcta aplicaci贸n, seg煤n pudo saber la Agencia Noticias Argentinas. Hasta ahora, la exclusi贸n de una empresa de una licitaci贸n p煤blica se ce帽铆a estrictamente a si su inhabilitaci贸n por el BM o el BID se deb铆a a casos de corrupci贸n, denominados como cohecho transnacional (soborno a funcionarios extranjeros) bajo los t茅rminos de la Convenci贸n de la OCDE. Sin embargo, el decreto explica que los listados de inhabilitados de los bancos multilaterales no especifican la causa exacta de la sanci贸n. Esto obligaba a los organismos contratantes a realizar una verificaci贸n imposible para constatar si la restricci贸n se vinculaba a corrupci贸n, obstaculizando la exclusi贸n efectiva de empresas con historial de irregularidades. La nueva disposici贸n simplifica la causal de inelegibilidad para obras, servicios y bienes. A partir de ahora, toda persona humana o jur铆dica incluida en las listas de inhabilitados del Banco Mundial o del BID ser谩 directamente excluida de participar en cualquier licitaci贸n mientras persista su condici贸n. La inhabilitaci贸n aplicar谩 para un amplio abanico de pr谩cticas sancionables, incluyendo: Pr谩cticas corruptas y fraudulentas. Colusorias (acuerdos para falsear la competencia). Coercitivas y obstructivas. Apropiaci贸n indebida. Cualquier otra causal que haya motivado su inclusi贸n en el listado de los bancos de desarrollo. Seg煤n el decreto, esta medida es necesaria para "asegurar la efectividad del mecanismo de exclusi贸n" y evitar que empresas con antecedentes de irregularidades participen en procedimientos de contrataci贸n del Estado argentino. El decreto comenzar谩 a regir a los 15 d铆as corridos desde su publicaci贸n y se aplicar谩 a todos los procedimientos de selecci贸n que se autoricen o convoquen a partir de esa fecha. (NA) |