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16-09-2025 | DUERA DEL PADRÓN ELECTORAL | |||
Presa por corrupci贸n: revocaron habilitaci贸n de Cristina Kirchner y no podr谩 votar por su condena | |||
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La C谩mara Nacional Electoral (CNE), en un fallo un谩nime, revoc贸 la decisi贸n judicial que habilitaba a Cristina Kirchner para ejercer su derecho al voto, a pesar de su condena firme a seis a帽os de prisi贸n en la causa "Vialidad". La medida, que impacta directamente en la situaci贸n electoral de la expresidenta, se fundamenta en los precedentes "Procuraci贸n Penitenciaria" y "Orazi" de la Corte Suprema.
La decisi贸n del tribunal, integrado por los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla V铆a y Daniel Bejas, anula la resoluci贸n del pasado 18 de julio de la jueza federal subrogante de R铆o Gallegos, Mariel Borruto. Esta 煤ltima hab铆a declarado la inconstitucionalidad de los art铆culos 19掳 inciso 2 y 12 del C贸digo Penal, junto con el art铆culo 3 inciso "e" del C贸digo Nacional Electoral, que establecen la inhabilitaci贸n absoluta y exclusi贸n del padr贸n de personas condenadas por delitos dolosos.
La argumentaci贸n de la C谩mara Electoral:
La CNE argument贸 su decisi贸n bas谩ndose en el caso "Procuraci贸n Penitenciaria", donde el Tribunal Superior hab铆a declarado la inconstitucionalidad de las normas, pero hab铆a requerido al Congreso "revisar la reglamentaci贸n vigente sobre el derecho de sufragio de las personas con condena penal", alertando sobre la imposici贸n de "restricciones gen茅ricas y de car谩cter autom谩tico".
Adem谩s, la C谩mara record贸 el precedente "Orazi" de la Corte Suprema, que analiz贸 el reclamo de un afectado que consideraba que diferir su derecho a votar hasta una reglamentaci贸n del Poder Legislativo era violatorio de la "garant铆a de tutela judicial efectiva". La Corte, en aquel entonces, dej贸 en claro que no se pod铆a habilitar de oficio y de forma gen茅rica, sino que deb铆an cumplirse ciertas "condiciones m铆nimas".
Las "condiciones m铆nimas" que no se cumplieron:
Seg煤n la CNE, la decisi贸n de la jueza Borruto fue revocada porque no se cumplieron estas "condiciones m铆nimas" establecidas en el precedente "Orazi":
La cuesti贸n deb铆a tratarse en un "caso concreto, instado por petici贸n del interesado o del Ministerio P煤blico". El fallo original fue dictado de oficio, sin que Cristina Kirchner o el Ministerio P煤blico lo solicitaran.
Deb铆a verificarse que la posibilidad de votar fuera "jur铆dica y f谩cticamente viable" y "de acuerdo al tipo y la naturaleza del delito que motiva la inhabilitaci贸n".
Al no haberse considerado ninguna de estas condiciones en la sentencia apelada, y al haberse dictado de oficio, la C谩mara Nacional Electoral resolvi贸 revocar la habilitaci贸n, dejando a Cristina Kirchner fuera del padr贸n electoral.
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