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31-12-1969 | MEDIDA CAUTELAR | |||
Suspenden por seis meses la decisi贸n de avanzar con la disoluci贸n de Vialidad Nacional | |||
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La jueza en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Mart铆n Martina Forns suspendi贸 por seis meses cualquier acto administrativo que derive del Decreto que resolvi贸 disolver Vialidad Nacional, al hacer lugar a una medida cautelar del gremio Sevina.
La magistrada hizo lugar parcialmente a la cautelar de no innovar y orden贸 al Estado Nacional y al Poder Ejecutivo que se abstenga de "ejecutar cualquier acto administrativo, que derive" del decreto 461/2025 del 8 de julio pasado, que dispuso la disoluci贸n de la Direcci贸n Nacional de Vialidad.
El gobierno de Javier Milei no podr谩 disponer "reubicaciones, traslados, cesant铆as, suspensiones, pases a disponibilidad de personal o supresi贸n de estructuras vinculadas a la Direcci贸n Nacional de Vialidad".
"Teniendo en cuenta que en esta etapa preliminar del proceso, donde se verifican circunstancias graves y objetivas, permiten justificar el dictado de una medida cautelar de no innovar, a fin de evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuesti贸n de fondo", afirm贸 la sentencia.
La magistrada argument贸 que tanto la Constituci贸n Nacional como los convenios de la Organizaci贸n Internacional del Trabajo (OIT) "con jerarqu铆a constitucional -en particular los Convenios N.潞 87, 98 y 151- impiden al Estado, en su rol concurrente de empleador y regulador, alterar de manera unilateral condiciones de trabajo que han sido establecidas por norma colectiva con plena vigencia".
Forns no se pronunci贸 sobre el planteo para declarar la nulidad e inconstitucionalidad del Decreto 461 porque para ello es necesario un "estudio mucho m谩s complejo y profundo, con amplio debate y prueba, que en modo alguno podr铆an resolverse con los elementos hasta ahora incorporados".
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